Lineamientos para la Entrega Recepción Administrativa del Municipio El Marqués Querétaro.

Pág. 25830 PERIÓDICO OFICIAL 16 de julio de 2021
GOBIERNO MUNICIPAL
GOBIERNO MUNICIPAL
H. AYUNTAMIENTO DE EL MARQUES
2018-2021
C. ENRIQUE VEGA CARRILES, PRESIDENTE MUNICIPAL DE EL MARQUÉS, QUERETARO, HACE SABER
A SUS HABITANTES, QUE CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115, DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 30, FRACCIÓN I, 146, 147, 148, 149, DE LA LEY
ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 63, DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL
AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE EL MARQUES; Y
C O N S I D E R A N D O:
PRIMERO.- Que conforme a lo señalado en los artículos 115, fracción II, de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, y 35, de la Constitución Política del Estado de Querétaro, el Municipio se encuentra facultado
para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos,
circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que
organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios
públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.
SEGUNDO.- De conformidad con el artículo 20 de la Ley de Entrega Recepción del Estado de Querétaro, el
Ayuntamiento del Municipio de El Marqués, es la autoridad competente para regular todo lo relativo a la
normatividad reglamentaria del proceso de entrega recepción, la utilización de medios electrónicos para la entrega
de información que facilite su manejo, la emisión de lineamientos, el establecimiento de criterios, la determinación
y autorización de formatos.
TERCERO.- Que el Plan Municipal de Desarrollo 2018-2021, establece en su eje 5 “Gobierno cercano a la gente,
de resultados, eficiente, transparente, honesto y de respeto al Estado de Derecho” el programa 5.2 “Gobierno de
resultados y eficiente” en el que obra la línea de acción 5.2.5 que versa sobre establecer un programa de
fortalecimiento de las capacidades institucionales de las dependencias y entidades del municipio (en el caso
específico enfocado a la formulación de sistemas y procedimientos). Por su parte, el programa 5.4 “Gobierno que
combate la corrupción” prevé en su línea de acción 5.4.8 “Fortalecer los sistemas de control existentes en las
dependencias y entidades del municipio”. En tal sentido el uso de una herramienta tecnológica como el S istema
para la Entrega Recepción (SER) en el ámbito municipal, abona a la transparencia y a la rendición de cuentas,
además de que fortalece las medidas de control y vigilancia administrativa, contable y financiera de la operación
municipal.
CUARTO.- El Reglamento del Sistema Municipal de Prevención, Fiscalización y de Responsabilidades del
Municipio de El Marqués, Querétaro; señala como obligación del Auditor Superior Municipal, intervenir en el
proceso de entrega y recepción de documentos, bienes y valores que sean propiedad del H. Ayuntamiento o se
encuentren en posesión del mismo, cuando se verifique algún cambio en términos de la normatividad
correspondiente.
En cumplimiento a la Cláusula Tercera del citado Convenio de Colaboración Administrativa en materia de Entrega
Recepción, se somete al H. Ayuntamiento los siguientes:
LINEAMIENTOS PARA LA ENTREGA RECEPCIÓN ADMINISTRATIVA
DEL MUNICIPIO EL MARQUÉS QUERÉTARO
Título Primero
“Objeto, sujetos y finalidad”
PRIMERO.- Los presentes lineamientos son de observancia general y obligatoria, tienen por objeto regular el
proceso de entrega recepción previsto en la Ley de Entrega Recepción del Estado de Querétaro, en el ámbito del
Municipio El Marqués, Querétaro.
16 de julio de 2021 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 25831
SEGUNDO.- En estos lineamientos quedan establecidas las directrices que habrán de regir los procesos de
entrega recepción administrativa del Municipio El Marqués, así como el uso de medios electrónicos que permitan
facilitar el traslado de responsabilidades, recursos y en general de la documentación exigida por la ley, que
posibiliten la continuidad de los trabajos de las dependencias y entidades que integran la administración pública
municipal, así como de cualquier otra que maneje, utilice, recaude, ejecute o administre recursos púbicos
asignados al Municipio El Marqués, Querétaro en los términos de los artículos 1 de la Ley de Entrega Recepción
del Estado de Querétaro y 3 de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro.
Las disposiciones contenidas en los presentes lineamientos, serán aplicables en lo conducente, en los procesos
de entrega recepción a que se hace referencia en los artículos 5, 15 y 16 de la Ley de Entrega Recepción del
Estado de Querétaro.
TERCERO.- Para los efectos de interpretación en el presente instrumento, se entenderá por:
I. Acta circunstanciada de entrega recepción: Documento en el que consta la entrega recepción de los
recursos humanos, materiales, financieros y demás conceptos conforme a la Ley de Entrega Recepción
del Estado de Querétaro y los presentes lineamientos, por parte del servidor público saliente al ser vidor
público entrante.
II. Auditoría: La Auditoría Superior Municipal, encargada de cumplir con funciones de Órgano Interno de
Control, con atribuciones de prevención, corrección, investigación, calificación de faltas administrativas,
substanciación y sanción; con facultades para promover, evaluar y fortalecer el buen funcionamiento del
control interno y responsable de la salvaguarda de los principios que rigen en la Administración Pública
Municipal.
III. Comisión Receptora.- Órgano colegiado a que se refiere el artículo 15, de la Ley de Entrega Recepción
del Estado de Querétaro, integrado por las personas que designe el Presidente Municipal electo.
IV. Comisión de Entrega.- Órgano colegiado a que se refiere el artículo 15, de la Ley de Entrega Recepción
del Estado de Querétaro, integrado por los servidores públicos que designe el Presidente Municipal en
funciones
V. Contraseña de acceso definitiva: Código alfanumérico de acceso personal y permanente para ingresar
al Sistema para la Entrega Recepción, modificado por el servidor público que participa en el proceso de
entrega recepción, cuyo manejo y resguardo es responsabilidad exclusiva de éste.
VI. Contraseña de acceso temporal: Clave de acceso personal para ingresar al Sistema para la Entrega
Recepción que se integra por un código alfanumérico proporcionado por la Auditoría mismo que podrá
ser modificado por el servidor público que participa en el proceso de entrega recepción una vez que
ingrese al Sistema para la Entrega Recepción, y se convertirá en una clave de acceso definitiva.
VII. Clave de entrega recepción: Código alfanumérico mediante el cual se identifica el área sujeta a entrega
recepción, asignado de acuerdo a la estructura de la dependencia o entidad de que se trate.
VIII. Dependencias y entidades: Las señaladas en el artículo 44 de la Ley Orgánica Municipal, las previstas
en otros ordenamientos jurídicos y en los decretos de creación de cada uno de entidades paramunicipales
de El Marqués, Querétaro, así como cualquier otra que maneje, utilice, recaude, ejecute o admi nistre
recursos púbicos asignados al municipio.
IX. Encargado del despacho: El Servidor Público designado por el superior jerárquico o por quien tenga
facultades, para recibir provisionalmente los recursos humanos, materiales y financieros, en tanto se
designa al nuevo titular de la unidad administrativa sujeta a entrega recepción.
X. Formato de Condiciones de Uso de Medios de Identificación Electrónica: Declaración unilateral de
voluntad del servidor público obligado conforme a la Ley de Entrega Recepción del Estado de Querétaro,
a realizar el proceso de entrega recepción, por el cual se responsabiliza del uso, manejo de la clave de
entrega recepción, usuario y contraseñas temporal y definitiva, así como de la información integrada al
Sistema para la Entrega Recepción.

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