Lineamientos para la entrega de información de las contribuciones municipales.

Miércoles 1o. de febrero de 2023 Sección Primera Tomo: CCXV No. 20
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PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE FINANZAS
Al margen Escudo del Estado de México.
Jaime Valadez Aldana, Subsecretario de Ingresos de la Secretaría de Finanzas, con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 1, 3, 15, 19 fracción III, 23 y 24 fracciones III, IV y LXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de
México; 1, 7, 16, 219 fracción II, incisos A), B), C) y D) y 221 del Código Financiero del Estado de México y Municipios; y 1, 3
fracción I, 4 fracción II, 5, 8 fracciones IX, XII y XXIII, 10 fracciones III, IV, VIII y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de
Finanzas, y:
CONSIDERANDO
Que el artículo 221 del Código Financiero del Estado de México y Municipios establece la fórmula para la distribución de las
participaciones municipales por los ingresos ministrados por el Gobierno Estatal a que se refieren los incisos A), B), C) y D) de la
fracción II del artículo 219 del mismo Código, en donde C2 es el coeficiente de distribución del 50% del Ingreso Estatal Participable
siempre y cuando se haya cumplido con la entrega de información de las contribuciones municipales;
Que toda vez que la administración estatal tiene como política fundamental la transparencia en todos los actos de la gestión
pública, considera oportuno dar a conocer los criterios y formalidades para la entrega de la información de las contribuciones
municipales por parte de los municipios, a través de los siguientes;
LINEAMIENTOS PARA LA ENTREGA DE INFORMACIÓN DE LAS CONTRIBUCIONES MUNICIPALES
PRIMERO. Objeto. Establecer los lineamientos para la entrega de información de las contribuciones de los municipios, a fin de
ser considerados para la d istribución de las participaciones a que se refieren los incisos A), B), C) y D) de la fracción II d el artículo
219 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
SEGUNDO. - De los anexos. En términos de lo dispuesto en el artículo 221 del Código Financiero del Estado de México y
Municipios, los municipios del Estado de México deberán entregar, de forma mensual a la Secretaría de Finanzas, la información de
sus contribuciones municipales, a través de los siguientes anexos:
Anexo 1. Informe mensual de Recaudación de Predial y su soporte contable.
Anexo 2. Informe mensual de Recaudación de Agua y su soporte contable.
Anexo 3. Información de Predial.
Anexo 4. Información de Agua.
Los Anexos estarán disponibles permanentemente para su descarga en el Repositorio implementado para tal efecto por la
Subsecretaría de Ingresos.
TERCERO. - De la entrega de información. La entrega de la información se realizará de manera mensual, a más tardar el día 10
de cada mes o día hábil siguiente. La información entregada deberá ser a cumulada con corte al último día del mes inmediato
anterior, como se muestra en la siguiente tabla:
Mes de entrega
Periodo de la información a reportar
Fecha límite para la entrega
Enero
1 de enero al 31 de enero
10 de febrero o día hábil inmediato siguiente.
Febrero
1 de enero al 28/29 de febrero
10 de marzo o día hábil inmediato siguiente.
Marzo
1 de enero al 31 de marzo
10 de abril o día hábil inmediato siguiente.
Abril
1 de enero al 30 de abril
10 de mayo o día hábil inmediato siguiente.
Mayo
1 de enero al 31 de mayo
10 de junio o día hábil inmediato siguiente.
Junio
1 de enero al 30 de junio
10 de julio o día hábil inmediato siguiente.
Julio
1 de enero al 31 de julio
10 de agosto o día hábil inmediato siguiente.
Agosto
1 de enero al 31 de agosto
10 de septiembre o día hábil inmediato siguiente.
Septiembre
1 de enero al 30 de septiembre
10 de octubre o día hábil inmediato siguiente.

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