Lineamientos para el Control y la Contención del Gasto Público en el Estado de Veracruz
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No podrán ser ocupadas las plazas vacantes, sin la previa autorización de la SEFIPLAN. Para tal efecto las dependencias y entidades deberán acompañar a su solicitud la justificación correspondiente. Se excluyen de la disposición anterior lo previsto en el numeral 15 de estos Lineamientos.
Para la ocupación de cualquier plaza ya sea nueva o vacante, de base, eventual o compensación, las dependencias y entidades deberán solicitar a la SEFIPLAN la "Cédula de Contratación de Personal".
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En ningún caso se dará retroactividad a la fecha de autorización por parte de la SEFIPLAN, en la ocupación de plazas vacantes ni en la creación de nuevas plazas.
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En el caso de las estructuras organizacionales, sólo se modificarán y crearán nuevas estructuras si el resultado de las plazas utilizadas para ello permite un ahorro de cuando menos el 30 por ciento, dentro de la dependencia o entidad en que se realice. Para ello, deberán someter a dictamen de la Subsecretaría de Egresos de la SEFIPLAN tales propuestas, la cual resolverá lo conducente.
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En ningún caso se dará retroactividad en los movimientos por modificación de estructuras organizacionales a la fecha de su aprobación por parte de SEFIPLAN.
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No habrá ampliaciones presupuestales en Servicios Personales sin autorización previa de SEFIPLAN, para incrementos salariales y costo de medidas salariales.
Las solicitudes de creación, ocupación de plazas, así como de modificación de estructuras orgánicas, deberá ser firmado por el titular de la dependencia o entidad y de proceder la autorización, esta será únicamente del titular del Ejecutivo del Estado o del Secretario de Finanzas y Planeación.
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Las entidades que lleven a cabo revisión y modificaciones a las condiciones generales de trabajo que impliquen incrementos salariales, deberán recabar la autorización previa de la SEFIPLAN respecto al porcentaje y costo de las medidas salariales a negociar con las representaciones sindicales correspondientes. Deberán señalar para su aprobación la fuente de recursos para su financiamiento y, en su caso, las modificaciones requeridas a su presupuesto.
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Cualquier tipo de economía que se genere en las dependencias y entidades por la aplicación de las medidas de este apartado, serán concentradas en la SEFIPLAN y destinadas a mitigar el déficit presupuestal.
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Es responsabilidad del titular de la dependencia y entidad que los compromisos de pago hayan cumplido con el procedimiento establecido en los presentes...
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