Lineamientos de Registro y Control del Padrón de Contratistas de Obra Pública del Estado de Querétaro.

Pág. 3622 PERIÓDICO OFICIAL 23 de abril de 2010
SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA
Lineamientos de Registro y Control
del Padrón de Contratistas de Obra
Pública del Estado de Querétaro.
Índice
I. Fundamento Legal.
II. Objetivo.
III. Ámbito de aplicación.
IV. Disposiciones generales.
V. Lineamientos Generales y Específicos.
5.1 Criterios generales para el registro o renovación en el Padrón de Contratistas
5.2 Requisitos de inscripción en el Padrón.
5.3 Requisitos de renovación de registro en el Padrón.
5.4 Requisitos para la Actualización de Datos.
5.5 Requisitos para la Adición de Especialidades.
5.6 Vigencia.
5.7 Sanciones.
VI. Obligaciones de los Sujetos participantes en el proceso.
I. Fundamento Legal
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Leyes
1. Ley de Obra Pública del Estado de Querétaro
2. Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro
3. Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Querétaro.
4. Ley de Procedimientos Administrativos del Estado de Querétaro
5. Ley de Hacienda del Estado de Querétaro
Reglamentos
1. Reglamento Interior de la de la Secretaría de la Contraloría
II. Objetivo
Regular el registro y control del Padrón de Contratistas de Obra Pública del Estado de Querétaro, clasificando
según su especialidad, capacidad económica y técnica a las personas físicas o morales interesadas en obtener
su registro o renovación en dicho Padrón; y hacer del conocimiento de las Dependencias, Entidades, Municipios
y al público en general el referido Padrón, a través de su difusión en forma bimestral en las oficinas de la
Secretaría de la Contraloría y de su publicación anual en el periódico oficial de Gobierno del Estado.
III. Ámbito de aplicación
Son sujetos de la presente normatividad:
Todas las personas físicas y morales interesadas en inscribirse o renovar su registro en el Padrón de
Contratistas de Obra Pública del Estado de Querétaro.
IV. Disposiciones generales:
Para los efectos de estos lineamientos se entenderá por:

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