Lineamientos para el desarrollo de las sesiones del Consejo Consultivo de Juegos y Sorteos
Edición | Matutina |
Emisor | Secretaría de Gobernación |
LINEAMIENTOS para el desarrollo de las sesiones del Consejo Consultivo de Juegos y Sorteos. LINEAMIENTOS PARA EL DESARROLLO DE LAS SESIONES DEL CONSEJO CONSULTIVO DE JUEGOS Y SORTEOS
El Consejo Consultivo de Juegos y Sorteos, en el ejercicio de las facultades que le otorga el artículo 15, fracción VII del Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de septiembre de 2004, y
CONSIDERANDO
Que las actividades relativas a los juegos con apuestas y sorteos son reguladas por la Ley Federal de Juegos y Sorteos y su Reglamento;
Que corresponde a la Secretaría de Gobernación la interpretación administrativa y la aplicación de las disposiciones de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, así como la de su Reglamento;
Que la Dirección General de Juegos y Sorteos tiene a su cargo la atención, trámite y despacho de los asuntos relacionados con la supervisión y vigilancia del cumplimiento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos y su Reglamento; la expedición de permisos, la supervisión y vigilancia del cumplimiento de los términos y condiciones consignados en éstos; el finiquito de los permisos para sorteos; el desahogo de las quejas, reclamaciones y procedimientos administrativos provenientes del desarrollo y resultado de juegos con apuestas y sorteos; así como imponer sanciones por infracciones a la Ley y al Reglamento;
Que para enfrentar los retos que presenta la Dirección General de Juegos y Sorteos, resulta necesario llevar a cabo una serie de acciones dirigidas a consolidar el juego con apuesta y sorteos en el país, y
Que el Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos establece como facultad del Consejo Consultivo la formulación de las disposiciones relativas a su organización y funcionamiento, el cual ha tenido a bien expedir los siguientes:
LINEAMIENTOS PARA EL DESARROLLO DE LAS SESIONES DEL CONSEJO CONSULTIVO DE JUEGOS Y SORTEOS
Para efectos de estos Lineamientos se entenderá por:
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Consejo: Consejo Consultivo de Juegos y Sorteos.
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Presidente: Presidente del Consejo Consultivo de Juegos y Sorteos.
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Miembros: Los Miembros del Consejo Consultivo de Juegos y Sorteos previstos en el apartado A del artículo 16.
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Invitados Permanentes: Invitados del Consejo Consultivo de Juegos y Sorteos.
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Secretario Técnico: Secretario Técnico del Consejo Consultivo de Juegos y Sorteos.
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Reglamento: Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos.
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Lineamientos: Lineamientos para el Desarrollo de las Sesiones del Consejo Consultivo de Juegos y Sorteos.
El Presidente tendrá las siguientes atribuciones:
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Presidir en las...
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