Lineamientos para el desarrollo de las sesiones del Consejo Consultivo de Juegos y Sorteos

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EmisorSecretaría de Gobernación

LINEAMIENTOS para el desarrollo de las sesiones del Consejo Consultivo de Juegos y Sorteos. LINEAMIENTOS PARA EL DESARROLLO DE LAS SESIONES DEL CONSEJO CONSULTIVO DE JUEGOS Y SORTEOS

El Consejo Consultivo de Juegos y Sorteos, en el ejercicio de las facultades que le otorga el artículo 15, fracción VII del Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de septiembre de 2004, y

CONSIDERANDO

Que las actividades relativas a los juegos con apuestas y sorteos son reguladas por la Ley Federal de Juegos y Sorteos y su Reglamento;

Que corresponde a la Secretaría de Gobernación la interpretación administrativa y la aplicación de las disposiciones de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, así como la de su Reglamento;

Que la Dirección General de Juegos y Sorteos tiene a su cargo la atención, trámite y despacho de los asuntos relacionados con la supervisión y vigilancia del cumplimiento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos y su Reglamento; la expedición de permisos, la supervisión y vigilancia del cumplimiento de los términos y condiciones consignados en éstos; el finiquito de los permisos para sorteos; el desahogo de las quejas, reclamaciones y procedimientos administrativos provenientes del desarrollo y resultado de juegos con apuestas y sorteos; así como imponer sanciones por infracciones a la Ley y al Reglamento;

Que para enfrentar los retos que presenta la Dirección General de Juegos y Sorteos, resulta necesario llevar a cabo una serie de acciones dirigidas a consolidar el juego con apuesta y sorteos en el país, y

Que el Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos establece como facultad del Consejo Consultivo la formulación de las disposiciones relativas a su organización y funcionamiento, el cual ha tenido a bien expedir los siguientes:

LINEAMIENTOS PARA EL DESARROLLO DE LAS SESIONES DEL CONSEJO CONSULTIVO DE JUEGOS Y SORTEOS

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 y 2
Artículo 1 Los presentes lineamientos tienen por objeto regular la celebración de las sesiones del Consejo Consultivo de Juegos y Sorteos y la actuación de sus integrantes en las mismas.
Artículo 2

Para efectos de estos Lineamientos se entenderá por:

  1. Consejo: Consejo Consultivo de Juegos y Sorteos.

  2. Presidente: Presidente del Consejo Consultivo de Juegos y Sorteos.

  3. Miembros: Los Miembros del Consejo Consultivo de Juegos y Sorteos previstos en el apartado A del artículo 16.

  4. Invitados Permanentes: Invitados del Consejo Consultivo de Juegos y Sorteos.

  5. Secretario Técnico: Secretario Técnico del Consejo Consultivo de Juegos y Sorteos.

  6. Ley: Ley Federal de Juegos y Sorteos.

  7. Reglamento: Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos.

  8. Lineamientos: Lineamientos para el Desarrollo de las Sesiones del Consejo Consultivo de Juegos y Sorteos.

CAPÍTULO II DE LAS ATRIBUCIONES DE LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO Artículos 3 a 6
Artículo 3

El Presidente tendrá las siguientes atribuciones:

  1. Presidir en las...

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