Acuerdo A/002/2014 del C. Procurador General de Justicia del Distrito Federal, por el que se dan a conocer los Lineamientos Generales de Operación del Centro de Detención con Control Judicial y de Seguridad de Detenidos

PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL

ACUERDO A/002/2014 DEL C. PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS GENERALES DE OPERACIÓN DEL CENTRO DE DETENCIÓN CON CONTROL JUDICIAL Y DE SEGURIDAD DE DETENIDOS.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 21 y 122 Apartado "D" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 10 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 16, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 2, 3, 21, 23 y 24 fracción XVIII de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal; 1, 2, 4, 5, 6 fracción XIII y XVI, 28 fracción V, 32 y 33 de su Reglamento.

CONSIDERANDO

Que por disposición del artículo 21 Constitucional, el Ministerio Público tiene bajo su responsabilidad la investigación de los delitos y la persecución de los imputados, debiendo prestar sus servicios de acuerdo a los principios de legalidad, honestidad, lealtad, profesionalismo, imparcialidad, eficiencia, eficacia y respeto a los derechos humanos, durante el ejercicio de sus funciones.

Que de conformidad con el artículo 270 bis 1 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, el Ministerio Público está facultado para acudir ante la autoridad judicial a solicitar la detención con control judicial, debiendo fundar y motivar dicha solicitud.

Que mediante el Acuerdo A/012/2013 del C. Procurador General de Justicia del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, publicado el día 21 de octubre de 2013, se modificó la denominación del Centro de Arraigo de esta Procuraduría, por Centro de Detención con Control Judicial y de Seguridad de Detenidos de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, el cual depende estructuralmente de la Jefatura General de la Policía de Investigación del Distrito Federal, en el que se realizará la custodia y vigilancia de las personas sujetas a detención.

Que en los presentes Lineamientos se establecen las funciones del personal policial que presta sus servicios en el Centro de Detención con Control Judicial y de Seguridad de Detenidos, así como las obligaciones y derechos de las personas sujetas a esta medida cautelar.

Que con el fin de optimizar los servicios que presta el Centro de Detención con Control Judicial y de Seguridad de Detenidos, velando en todo momento por los derechos humanos de las personas sujetas a detención, visitantes y servidores públicos que acuden al mismo, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- Se emiten los "LINEAMIENTOS GENERALES DE OPERACIÓN DEL CENTRO DE DETENCIÓN CON CONTROL JUDICIAL Y DE SEGURIDAD DE DETENIDOS", los cuales serán de observancia obligatoria para los servidores públicos de la Institución que de una u otra manera intervengan en los procedimientos de las personas sujetas a detención con control judicial.

SEGUNDO.- La Jefatura General de la Policía de Investigación, el Consejo de Honor y Justicia de la Policía de Investigación, la Dirección General de Asuntos Internos y la Visitaduría Ministerial proveerán, en la esfera de su competencia, el exacto cumplimiento de este Acuerdo.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

TERCERO.-La Jefatura General de la Policía de Investigación será la responsable de difundir los presentes Lineamientos entre el personal de su adscripción.

SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN. México, Distrito Federal, a 17 de enero de 2014.

(Firma)

LIC. RODOLFO FERNANDO RÍOS GARZA PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL

LINEAMIENTOS GENERALES DE OPERACIÓN DEL CENTRO DE DETENCIÓN CON CONTROL JUDICIAL Y DE SEGURIDAD DE DETENIDOS

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERO.- El presente instrumento tiene por objeto establecer los Lineamientos que deberán observar tanto el personal policial que presta el servicio de custodia y vigilancia en el Centro de Detención con Control Judicial y de Seguridad de Detenidos, así como las personas sujetas a detención con control judicial, los visitantes y los servidores públicos, que por razón de sus funciones ingresen a dicho Centro.

SEGUNDO.- Para los efectos de los presentes Lineamientos se entiende por:

  1. CENTRO.- Centro de Detención con Control Judicial y de Seguridad de Detenidos;

    II. DIRECTOR.- Director Ejecutivo del Centro de Detención con Control Judicial y de Seguridad de Detenidos;

    III. JEFE GENERAL.- Jefe General de la Policía de Investigación de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal;

  2. LINEAMIENTOS.- Lineamientos Generales de Operación del Centro de Detención con Control Judicial y de Seguridad de Detenidos;

  3. PERSONA DETENIDA.- Persona sujeta a detención con control judicial.

    VI. PERSONAL POLICIAL.- La Policía de Investigación de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal; y,

  4. PROCURADOR.- Procurador General de Justicia del Distrito Federal;

    CAPÍTULO II

    CUSTODIA Y VIGILANCIA DEL CENTRO

    TERCERO.- La función de custodia y vigilancia del Centro, estará a cargo de la Policía de Investigación y regirá su actuación con base en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, instrumentos internacionales ratificados por el gobierno mexicano, las leyes, reglamentos, manuales, estos Lineamientos y demás disposiciones aplicables para los Cuerpos de Seguridad Pública del Distrito Federal, quedando bajo el mando de un Director quien tendrá el nivel de Comandante en Jefe.

    CUARTO.- El Centro contará con monitoreo de circuito cerrado en el exterior y en áreas comunes para el refuerzo de vigilancia, con almacenamiento de la información hasta por 7 días.

    QUINTO.-El personal policial encargado de la custodia y vigilancia de las personas detenidas en el Centro, deberá actuar respetando sus derechos humanos, así como de sus visitantes y se sujetará a las reglas siguientes:

  5. Portará rigurosamente uniforme de comando color negro, así como el equipo necesario que le sea proporcionado para el desempeño de sus funciones.

  6. Realizará las tareas de vigilancia de forma permanente, respetando en todo momento la privacidad y dignidad de la persona sujeta a...

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