Lineamientos de austeridad y ahorro, correspondientes al ejercicio fiscal 2024

88 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19 de febrero de 2024 O R G A N I S M O S D E S C E N T R A L I Z A D O S ORGANISMO REGULADOR DE TRANSPORTE ING. PAVEL LÓPEZ MEDINA, Director General del Organismo Regulador de Transporte, con fundamento en los artículos 122, Apartado A, base V, primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 33, numeral 1 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2, 3, fracciones I, III y XII, 11 fracción II, 14, 44, fracción I, 45, 50, 52, 54 y 74, fracciones III, IV, IX, XI y XX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 3, 4, 12, párrafo segundo y 90 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; Ordinales Segundo y Décimo Cuarto, fracciones I, IV, V, VI, VII, X, XII y XIX del "Decreto por el que se crea el Organismo Público Descentralizado, denominado Organismo Regulador de Transporte", publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 4 de agosto de 2021; artículos 44 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el ejercicio Fiscal 2024 y el Acuerdo número CDORT/02EXT/03/2024 emitido en la Segunda Sesión Extraordinaria del Consejo Directivo del Organismo Regulador de Transporte, celebrada el 12 de febrero de 2024, emito los siguientes: CONSIDERANDO Que de conformidad con el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los recursos económicos de que disponga la Federación, las Entidades Federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados. Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3 de la Constitución Política de la Ciudad de México, la Ciudad asume dentro de sus principios, la rectoría del ejercicio de la función pública apegada a la ética, la austeridad, la racionalidad, la transparencia, la apertura, la responsabilidad, la participación ciudadana y la rendición de cuentas con control de la gestión y evaluación. Que el artículo 3 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México, establece que son sujetos obligados las personas servidoras públicas de la Ciudad, quienes deberán observar en todo momento la buena administración de los recursos públicos con base en criterios de legalidad, honestidad, austeridad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, resultados, transparencia, control, rendición de cuentas, con una perspectiva que fomente la igualdad de género y con un enfoque de respeto a los derechos humanos, objetividad, honradez y profesionalismo. Asimismo, deberán tomar medidas para racionalizar el gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo, sin afectar el cumplimiento de las facultades y atribuciones conferidas en las normas. Que de conformidad con el artículo 4° de la mencionada Ley de Austeridad, los sujetos obligados, emitirán las disposiciones administrativas generales en materia de austeridad, que sean necesarias para dar cumplimiento a dicha Ley. Que el artículo 12, párrafo segundo de la multicitada Ley, establece que los Sujetos Obligados emitirán y publicarán en la Gaceta Oficial antes del 31 de enero de cada año, los lineamientos de austeridad para hacer efectivas las disposiciones establecidas en dicha Ley, los cuales deben de incluir al menos, el señalamiento claro y preciso de las medidas de austeridad a implementar en el ejercicio fiscal de que se trate, el comparativo con los tres...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR