Lineamientos de austeridad y ahorro, correspondiente al ejercicio fiscal 2024

12 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de enero de 2024

SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA GENERAL

JUAN JOSÉ SERRANO MENDOZA Secretario de la Contraloría General, con fundamento en los artículos 33, numeral 1, 60, 61 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 16, fracción III, 20, fracción IX, y 28 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 3, 4, 12 y 90 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; así como lo establecido en el artículo 44 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el ejercicio Fiscal 2024; y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los recursos económicos con los que disponga la Federación, las Entidades Federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

Que el artículo 3, numeral 2, inciso b) de la Constitución Política de la Ciudad de México, establece como principio la rectoría del ejercicio de la función pública apegada a la ética, la austeridad, la racionalidad, la transparencia, la apertura, la responsabilidad, la participación ciudadana y la rendición de cuentas con control de la gestión y evaluación, en los términos que fije la ley

Que en el artículo 3 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México, establece que las personas servidoras públicas, en todo momento deberán observar la buena administración de los recursos públicos con base en criterios de legalidad, honestidad, austeridad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, resultados, transparencia, control, rendición de cuentas, con una perspectiva que fomente la igualdad de género y con un enfoque de respeto a los derechos humanos, objetividad, honradez y profesionalismo.

Asimismo, el artículo 12, párrafo segundo, de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México, establece que los sujetos obligados deberán emitir y publicar en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, antes del 31 de enero de cada año, los Lineamientos de Austeridad para hacer efectiva las disposiciones establecidas en dicha ley, los cuales deben de incluir al menos, el señalamiento claro y preciso de las medidas de austeridad a implementar en el ejercicio fiscal de que se trate, el comparativo con los tres ejercicios fiscales previos y los montos de ahorros generados por rubro.

Que atendiendo lo establecido en el artículo 90 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México, el ejercicio del presupuesto deberá tomarse medidas para racionalizar el gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo, sin afectar el cumplimiento de las metas y funciones aprobadas en el Decreto de Presupuesto de Egresos.

Que conforme lo señalado en el artículo 44 del Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2024, establece que las erogaciones que realicen las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Entidades y Alcaldías por los conceptos de: Alimentación, Energía Eléctrica, Agua Potable, Fotocopiado, Materiales de Impresión e Inventarios, Combustibles, Servicio Telefónico, Arrendamientos, Honorarios, Estudios e Investigaciones, Publicidad, Propaganda y Erogaciones relacionadas con actividades de Comunicación Social, Viáticos y Pasajes, Vehículos, Equipos, Insumos y Bienes, Gastos de Orden Social, Congresos, Convenciones, Exposiciones, Seminarios, Espectáculos Culturales y para Investigaciones Oficiales, se sujetarán a lo estrictamente indispensable y a los criterios de racionalidad, austeridad, economía, gasto eficiente y disciplina presupuestal, así como, en su caso, a lo previsto en los artículos 92, 93, 94, 95 y 96 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México y demás normativa aplicable.

Que la Circular Uno 2019, Normatividad en Materia de Administración de Recursos, establece en su numeral 1. denominado: "ACCIONES DE AUSTERIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTAL", los criterios de economía y racionalidad que deben realizar las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México, para racionalizar el gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo.

Por todo lo expuesto, y con la finalidad de hacer un uso adecuado y racional de los recursos asignados a esta Secretaría de la Contraloría General, se emiten los siguientes:

LINEAMIENTOS DE AUSTERIDAD Y AHORRO PARA LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA GENERAL, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2024.

PRIMERO. 2013 OBJETO.

Los presentes Lineamientos tienen por objeto regular y establecer las medidas y acciones aplicables en materia de austeridad que deberán realizar y adoptar las personas servidoras públicas de la Secretaría de la Contraloría General, las encargadas de la administración de recursos, y aquellas que presten un servicio profesional independientemente de su tipo de contratación, en el ámbito de su competencia, con el propósito de fortalecer el cuidado y uso óptimo de los recursos públicos, así como generar ahorros económicos de los bienes y/o servicios, bajo criterios de legalidad, honestidad, austeridad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, resultados, transparencia, control, rendición de cuentas, con una perspectiva que fomente la igualdad de género y con un enfoque de respeto a los derechos humanos, objetividad, honradez y profesionalismo, sin afectar las actividades relativas a las metas programadas, sustantivas y de operación de la Secretaría de la Contraloría General.

Asimismo, se pretende concientizar, a las personas servidoras públicas encargadas de la administración de recursos, que las contrataciones deban de realizarse en apego en lo establecido en los Lineamientos Generales para la Adquisición de Bienes y Servicios con Características y Especificaciones de Menor Grado de Impacto Ambiental, y que los bienes y/o servicios contratados tengan un menor grado de impacto ambiental, de acuerdo con el Clasificador por Objeto del Gasto y el Catálogo de Bienes Muebles y Servicios del Gobierno de la Ciudad de México, respectivamente.

SEGUNDO. - ÁMBITO DE APLICACIÓN.

Los presentes Lineamientos son de observancia obligatoria para todas las personas servidoras públicas adscritas a la Secretaría de la Contraloría General, las encargadas de la administración de la misma, así como aquellas que presten un servicio profesional independientemente de su tipo de contratación

TERCERO. 2013 MEDIDAS A IMPLEMENTAR.

Además de observar los presentes Lineamientos, los Titulares de las Unidades Administrativas, deberán implementar medidas de austeridad de acuerdo a las necesidades del servicio, para racionalizar el gasto destinado a las actividades administrativas, sin afectar el cumplimiento de metas y objetivos institucionales.

CUARTO. - Para efectos de los presentes Lineamientos de Austeridad y Ahorro para la Secretaría de la Contraloría General, correspondiente al ejercicio fiscal 2024, se entenderá por:

I. Secretaría: Secretaría de la Contraloría General.

II. Unidades Administrativas: Direcciones Generales y/o Direcciones de área adscritas a la Secretaría de la Contraloría General, así como las encargadas de la administración de recursos.

III. DGAF: Dirección General de Administración y Finanzas en la Secretaría de la Contraloría General.

IV. DRMAS: Dirección de Recursos Materiales, Abastecimiento y Servicios de la Dirección General de Administración y Finanzas en la Secretaría de la Contraloría General.

V. DACH: Dirección de Administración de Capital Humano de la Dirección General de Administración y Finanzas en la Secretaría de la Contraloría General.

VI. JUD/AS: Jefatura de Unidad Departamental de Abastecimiento y Servicios de la Dirección de Recursos Materiales, Abastecimiento y Servicios.

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VII. JUDCCM: Jefatura de Unidad Departamental de Compras y Control de Materiales de la Dirección de Recursos Materiales, Abastecimiento y Servicios.

VIII. Lineamientos: Lineamientos de Austeridad y Ahorro para la Secretaría de la Contraloría General, correspondientes al Ejercicio Fiscal 2024.

IX. Lineamientos Generales: Lineamientos Generales para la Adquisición de Bienes y Servicios con Características y Especificaciones de Menor Grado de Impacto Ambiental.

QUINTO. - DISPOSICIONES GENERALES.

a) Las personas servidoras públicas de la Secretaría, las encargadas de la administración de la misma, así como aquellas que presten un servicio profesional independientemente de su tipo de contratación, además de observar la buena administración de los recursos públicos, deberán atender las medidas adicionales de racionalidad previstas en los presentes Lineamientos.

b) La Secretaría a través de la DGAF y sus unidades de adscripción, serán responsables de la administración de los recursos asignados para el ejercicio fiscal 2024, para tal efecto, se establecerán los mecanismos que aseguren la administración de los recursos públicos con criterios de legalidad, honestidad, austeridad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, resultados, transparencia, control, rendición de cuentas, entre otras, de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables.

c) Que la DGAF a través de sus unidades de adscripción, en el ámbito de su competencia, serán responsables de supervisar la aplicación de los Lineamientos.

d) La Secretaría a través de la DGAF interpretará para efectos administrativos los Lineamientos, y...

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