Ley del Servicio de Administración Tributaria. VI-TASR-I-1

Páginas213-214
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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
PRIMERA SALA REGIONAL METROPOLITANA
LEY DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
VI-TASR-I-1
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. EL ACUERDO POR
EL QUE SE ESTABLECE LA CIRCUNSCRIPCIÓN TERRITORIAL DE
LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DEL, PUBLICADO EN EL DIARIO
OFICIAL DE LA FEDERACIÓN DE DOS DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL
CINCO, NO RESULTA ILEGAL AUN CUANDO SE HUBIERE OMITIDO
APROBAR EL ANTEPROYECTO RESPECTIVO POR LA JUNTA DE GO-
BIERNO DE DICHO ÓRGANO DESCONCENTRADO.- De la correcta her-
menéutica jurídica aplicada al numeral en comento, se desprende que si bien el Legis-
lador Federal estableció como atribuciones de la Junta de Gobierno del Órgano
Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público denominado “Servi-
cio de Administración Tributaria” la de estudiar y, en su caso, aprobar las medidas
que el Presidente de ese mismo Órgano ponga a su consideración, cuyo objeto sea
incrementar la eficiencia en la operación en la administración tributaria y el servicio de
orientación al contribuyente para el cumplimiento de sus obligaciones en materia
fiscal; sin embargo, dicho dispositivo legal, no condiciona para la publicación y
consecuente entrada en vigor de las medidas que en su caso sean propuestas por el
Presidente del Servicio de Administración Tributaria a que las mismas sean aproba-
das por dicha Junta de Gobierno, pues para ello debe reiterarse que dicho precepto
en análisis no prevé de manera alguna como condición necesaria de validez de los
actos o medidas derivados del ejercicio de la atribución prevista al referido Presiden-
te del Órgano Desconcentrado en cita, como en el caso lo es el referido Acuerdo por
el que se establece la circunscripción territorial de las unidades del Servicio de
Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el dos
de noviembre del dos mil cinco. (1)

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