Ley del Servicio de Administración Tributaria. VII-CASR-8ME-28

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CRITERIOS AISLADOS DE LA OCTAVA SALA REGIONAL METROPOLITANA
otros, por lo que si el aviso de privacidad generado por el
responsable en el tratamiento de los datos personales satis-
face solo lo dispuesto en la fracción IV del artículo 16 de la
Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión
de los Particulares, no puede considerarse que con ello se
cumpla también con el requisito establecido en la fracción
III del artículo 16 de la Ley Federal de Protección de Datos
Personales en Posesión de los Particulares, ya que se trata
de diversas hipótesis fácticas que deben satisfacer.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 12180/13-17-08-
12.- Resuelto por la Octava Sala Regional Metropolitana
del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa,
el 2 de abril de 2014, por unanimidad de votos.- Magis-
trada Instructora: Lucila Padilla López.- Secretaria: Lic.
Begonia Brígido Mazas.
LEY DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
VII-CASR-8ME-28
FACULTADES DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y
CRÉDITO PÚBLICO.- LAS CONCEDIDAS A TRAVÉS
DE SUS DISTINTAS LEYES O REGLAMENTOS SE
ENTIENDEN EFECTUADAS POR EL SERVICIO DE ADMI-
NISTRACIÓN TRIBUTARIA.- En términos del artículo 14,
de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, así como
el diverso 3, fracción XXII, de su Reglamento, se faculta al
Jefe del Servicio de Administración Tributaria, para emitir los
lineamientos necesarios para aplicar e cientemente la legis-

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