Ley de Proteccion, Conservacion y Fomento de Arbolado y Areas Verdes Urbanas del Estado de Jalisco y sus Municipios
LEY DE PROTECCIÓN, CONSERVACIÓN Y FOMENTO DE ARBOLADO Y ÁREAS VERDES URBANAS PARA EL ESTADO DE JALISCO Y SUS MUNICIPIOS
ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 16 DE JULIO DE 2022.
Ley publicada en la Sección II del Número 40 del Periódico Oficial del Estado de Jalisco, el martes 6 de junio de 2017.
Jorge Aristóteles Sandoval Díaz, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco, a los habitantes del mismo hago saber, que por conducto de la Secretaría del H. Congreso de esta Entidad Federativa, se me ha comunicado el siguiente decreto
NÚMERO 26372/LXI/17 EL CONGRESO DEL ESTADO DECRETA:
LEY DE PROTECCIÓN, CONSERVACIÓN Y FOMENTO DE ARBOLADO Y ÁREAS VERDES URBANAS DEL ESTADO DE JALISCO Y SUS MUNICIPIOS
Objeto y sujetos de la Ley
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Árbol: Especie vegetal viva de tallo leñoso que compartimenta;
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Árbol Patrimonial: Sujeto forestal que contiene relevancia histórica, valor paisajístico, tradicional, etnológico, artístico o como monumento natural para la sociedad, y en su caso se hubiese declarado por el ayuntamiento en los términos de los ordenamientos legales aplicables;
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Arborizar: Poblar un terreno con más de cinco árboles y/o palmas;
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Área verde: Espacios verdes a que hace referencia el Código Urbano, cubierto por vegetación natural o inducida, ocupados con árboles, arbustos o plantas;
(REFORMADA [N. DE E. ADICIONADA], P.O. 8 DE OCTUBRE DE 2019)
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Corredor Verde: Espacios verde, (sic) con vegetación abundante, configuración preferentemente lineal y espacio de propósitos múltiples;
(REFORMADA [N. DE E. REUBICADA], P.O. 8 DE OCTUBRE DE 2019)
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Derribo: Acción de cortar o talar el árbol vivo o muerto, pudiendo ser complementado por la extracción de su tocón y raíces, con el uso de medios físicos o mecánicos;
(REFORMADA [N. DE E. REUBICADA], P.O. 8 DE OCTUBRE DE 2019)
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Desmoche: Corte excesivo de la copa de un árbol;
(REFORMADA [N. DE E. REUBICADA], P.O. 8 DE OCTUBRE DE 2019)
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Extracción del tocón: Acción de extraer la parte residual del árbol a nivel del cuello junto con sus raíces tras su derribo;
(REFORMADA, P.O. 8 DE OCTUBRE DE 2019)
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Inventario: registro de áreas verdes, árboles y palmas que existen en las áreas urbanas, y de sus características físicas y geográficas;
(REFORMADA [N. DE E. REUBICADA], P.O. 8 DE OCTUBRE DE 2019)
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Limpieza del árbol o palma: extracción de hojas secas de la copa o corona de una palma y ramas secas de los árboles;
(REFORMADA [N. DE E. REUBICADA], P.O. 8 DE OCTUBRE DE 2019)
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Normatividad Estatal: La Norma de carácter técnico que expida el Ejecutivo del Estado en materia de manejo (sic) áreas verdes, árboles y palmas;
(REFORMADA [N. DE E. REUBICADA], P.O. 8 DE OCTUBRE DE 2019)
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Palma: Especie vegetal viva de tronco leñoso, de raíces adventicias, hojas compuestas de gran tamaño que se unen al tronco forradas por un capitel;
(REFORMADA [N. DE E. REUBICADA], P.O. 8 DE OCTUBRE DE 2019)
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Poda: Acción que consiste en la supresión selectiva de ramas vivas, enfermas, muertas, rotas o desgajadas, para la conformación de la copa de un árbol;
(REFORMADA [N. DE E. REUBICADA], P.O. 8 DE OCTUBRE DE 2019)
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Riesgo: Circunstancia que se produce cuando un árbol o palma amenaza la integridad física de la población o de la infraestructura pública o privada;
(REFORMADA [N. DE E. REUBICADA], P.O. 8 DE OCTUBRE DE 2019)
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Secretaría: Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial; y
(REFORMADA [N. DE E. REUBICADA], P.O. 8 DE OCTUBRE DE 2019)
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Trasplante: Acción de reubicar un árbol o palma de un sitio a otro.
De las atribuciones y obligaciones de la Secretaría
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Proponer al Ejecutivo del Estado la normatividad en materia de manejo áreas verdes, árboles y palmas en áreas no forestales;
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Celebrar convenios con los gobiernos municipales para el fomento, mantenimiento, conservación y cuidado de áreas verdes, palmas y árboles;
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Crear el catálogo por región de las especies de árboles y palmas sugeridas para ser utilizadas en los centros urbanos del Estado;
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Coordinar esfuerzos y acciones para impulsar el desarrollo, recopilación, análisis y divulgación científica y tecnológica en materia de uso, cuidado y manejo de palmas y árboles;
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Atender y canalizar denuncias ante los órganos competentes, sobre las infracciones que se cometan en materia de cuidado, conservación y protección de las palmas y árboles en áreas no forestales;
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Desarrollar y promover en conjunto con la Secretaría de Educación programas de educación para la protección de arbolado y áreas verdes;
(REFORMADA, P.O. 8 DE OCTUBRE DE 2019)
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Fomentar la participación social y realizar campañas destinadas al cuidado, conservación y protección de las áreas verdes, árboles y palmas;
(REFORMADA [N. DE E. ADICIONADA], P.O. 8 DE OCTUBRE DE 2019)
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Promover un sistema de corredores verdes en las áreas de mayor generación o presencia de contaminación atmosférica en zonas urbanas;y
(REFORMADA [N. DE E. REUBICADA], P.O. 8 DE OCTUBRE DE 2019)
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Las demás que conforme a la presente Ley y otras disposiciones jurídicas aplicables le competan en materia de cuidado, conservación y protección de las palmas y árboles.
De las atribuciones y obligaciones de los gobiernos municipales
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Fomentar la conservación, mantenimiento, protección, desarrollo y restitución de las palmas y árboles dentro de las áreas públicas de su territorio;
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Aplicar las sanciones administrativas a quien cometa alguna infracción a esta ley y los reglamentos municipales de la materia;
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Desarrollar y aplicar programas de capacitación continua para el personal de la Dirección Municipal encargado de realizar los trabajos de plantación, poda, derribo o trasplante de árboles y palmas;
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Elaborar programas de arborización y restitución;
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Implementar programas de prevención y atención oportuna para el tratamiento de palmas y árboles riesgosos;
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Procurar el incremento de áreas verdes en proporción equilibrada con los demás usos de suelo;
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Realizar campañas de información del cuidado de áreas verdes, árboles y palmas con los vecinos de las áreas verdes urbanas, y fomentar la participación social en su mantenimiento...
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