Ley de la Propiedad industrial. VII-CASE-PI-18

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
estrados y por publicación en la Gaceta, según lo establece
el segundo párrafo del artículo 183 de la Ley de la Propiedad
Industrial.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 640/14-EPI-01-5.-
Resuelto por la Sala Especializada en Materia de Propiedad
Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Adminis-
trativa, el 4 de febrero de 2015, por unanimidad de votos.- Ma-
gistrado Instructor: Ramón Ignacio Cabrera León.- Secretaria:
Lic. Ruth Beatríz de la Torre Edmiston.
LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
VII-CASE-PI-18
NOTIFICACIONES.- CONTENIDO DE LAS REALIZADAS
POR EDICTOS, POR ESTRADOS Y POR GACETA A LAS
PARTES EN LOS PROCEDIMIENTOS SEGUIDOS ANTE EL
INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.-
De las reformas llevadas a cabo a la Ley de la Propiedad
Industrial, publicadas en el Diario O cial de la Federación el
27 de enero de 2012, se desprende que, en materia de las
noti caciones que se deban realizar con motivo de todos los
procedimientos administrativos que se tramitan ante el Insti-
tuto Mexicano de la Propiedad Industrial, en aquellos casos
en que se desconozca el domicilio de la parte que deba ser
noti cada, procede en términos de los artículos 35, fracción
III, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y 183,

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