Ley para Prevenir y Atender la Obesidad y los Trastornos Alimenticios en el Distrito Federal
LEY PARA LA PREVENCIÓN Y EL TRATAMIENTO DE LA OBESIDAD Y LOS TRASTORNOS ALIMENTICIOS EN EL DISTRITO FEDERAL
ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO: 22 DE JUNIO DE 2016.
Ley publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el jueves 23 de octubre de 2008.
(Al margen superior un escudo que dice: Ciudad de México.- Capital en Movimiento)
DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY PARA LA PREVENCIÓN Y EL TRATAMIENTO DE LA OBESIDAD Y LOS TRASTORNOS ALIMENTICIOS EN EL DISTRITO FEDERAL.
MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, a sus habitantes sabed:
Que la H. Asamblea Legislativa del Distrito Federal, IV Legislatura se ha servido dirigirme el siguiente:
DECRETO
(Al margen superior izquierdo un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, IV LEGISLATURA)
ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL IV LEGISLATURA.
D E C R E T A
DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY PARA LA PREVENCIÓN Y EL TRATAMIENTO DE LA OBESIDAD Y LOS TRASTORNOS ALIMENTICIOS EN EL DISTRITO FEDERAL.
ÚNICO.- Se expide la Ley para Prevenir y Atender la Obesidad y los Trastornos Alimenticios en el Distrito Federal, para quedar como sigue:
N. DE E. EN RELACIÓN CON LA ENTRADA EN VIGOR DE LA DENOMINACIÓN, VÉASE TRANSITORIO PRIMERO DEL DECRETO QUE MODIFICA LA LEY.
(REFORMADA SU DENOMINACIÓN, G.O. 3 DE MAYO DE 2010)
LEY PARA LA PREVENCION Y EL TRATAMIENTO DE LA OBESIDAD Y LOS TRASTORNOS ALIMENTICIOS EN EL DISTRITO FEDERAL
La aplicación de la presente Ley corresponde al Gobierno del Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, de conformidad a lo establecido en la Ley General de Salud, la Ley de Salud del Distrito Federal y las Normas Oficiales Mexicanas en la materia.
(REFORMADO, G.O. 6 DE SEPTIEMBRE DE 2011)
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Proporcionar un marco jurídico que permita desarrollar los mecanismos y las herramientas necesarias para prevenir y atender integralmente la obesidad, el sobrepeso y los trastornos de la conducta alimentaria en el Distrito Federal, así como para promover en sus habitantes la adopción de hábitos de alimentación y nutricionales correctos;
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Determinar las bases generales para el diseño, la ejecución y evaluación de las estrategias y programas públicos que tengan como objetivo prevenir y atender integralmente la obesidad, el sobrepeso y los trastornos de la conducta alimentaria, así como cualquier actividad pública tendiente a promover la adopción de hábitos de alimentación y nutricionales correctos en los habitantes del Distrito Federal;
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Establecer la obligación de las autoridades públicas del Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, de prevenir y atender integralmente la obesidad, el sobrepeso y los trastornos de la conducta alimentaria, así como fomentar de manera permanente e intensiva la adopción de hábitos de alimentación y nutricionales correctos por parte de los habitantes del Distrito Federal, de conformidad a los términos establecidos en la presente Ley, y
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Fijar las medidas generales de carácter administrativo para la prevención y atención integral de la obesidad, el sobrepeso y los trastornos de la conducta alimentaria, así como para el fomento de hábitos de alimentación y nutricionales correctos en los habitantes del Distrito Federal.
(REFORMADO, G.O. 6 DE SEPTIEMBRE DE 2011)
(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, G.O. 6 DE SEPTIEMBRE DE 2011)
El Programa deberá ser incluido como un apartado específico en los Programas e Informes del Gobierno del Distrito Federal, entre ellos, el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal, los Informes Anuales y de Gasto; así como en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de cada año y en el Decreto respectivo.
(REFORMADA SU DENOMINACIÓN, G.O. 6 DE SEPTIEMBRE DE 2011)
(REFORMADA, G.O. 6 DE SEPTIEMBRE DE 2011)
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Formular el Programa del Distrito Federal para la Prevención y Combate de la Obesidad, Sobrepeso y Trastornos de la Conducta Alimentaria.
(REFORMADA, G.O. 8 DE OCTUBRE DE 2014)
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Garantizar la disponibilidad de servicios de salud de calidad para la prevención y combate de la obesidad, sobrepeso y trastornos de la conducta alimentaria en el Distrito Federal, por conducto de la Secretaría de Salud.
(REFORMADA, G.O. 8 DE OCTUBRE DE 2014)
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Promover, amplia y permanentemente, la adopción social de hábitos de alimentación y nutricionales correctos, integrando la lactancia materna como el primer derecho humano a una alimentación nutritiva suficiente y de calidad, en colaboración con las autoridades educativas del Distrito Federal.
(REFORMADA, G.O. 8 DE OCTUBRE DE 2014)
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Motivar y apoyar la participación social, pública y privada en la prevención y combate de la obesidad, sobrepeso y trastornos de la conducta alimentaria, salvaguardando en todo momento el interés público, promoviendo los elementos necesarios para hacer accesible a la población alimentos naturales y frescos, dando preferencia a los pequeños y medianos productores de la localidad.
(REFORMADA, G.O. 8 DE OCTUBRE DE 2014)
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Garantizar el conocimiento, difusión y acceso a la información de la sociedad en general, en materia de prevención y combate de la obesidad, sobrepeso y trastornos de la conducta alimentaria, teniendo como prioridad el interés superior del niño y la niña sobre cualquier otro.
(REFORMADA, G.O. 6 DE SEPTIEMBRE DE 2011)
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Estimular las tareas de investigación y divulgación en materia de obesidad, sobrepeso y trastornos de la conducta alimentaria.
(REFORMADA, G.O. 8 DE OCTUBRE DE 2014)
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Promover las políticas necesarias en materia de alimentación para la protección y prevención de sobrepeso y obesidad y trastornos de la conducta alimentaria en la infancia.
(ADICIONADA, G.O. 8 DE OCTUBRE DE 2014)
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Realizar durante la segunda semana del mes de octubre de cada año, la Semana de la Sana Alimentación, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la presente ley.
(ADICIONADA, G.O. 8 DE OCTUBRE DE 2014)
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Las demás que le reconozcan esta Ley y otras normas aplicables.
(REFORMADA SU DENOMINACIÓN, G.O. 6 DE SEPTIEMBRE DE 2011)
CONSEJO PARA LA PREVENCIÓN Y LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LA OBESIDAD Y LOS TRASTORNOS DE LA CONDUCTA ALIMENTARIA EN EL DISTRITO FEDERAL
(REFORMADO, G.O. 6 DE SEPTIEMBRE DE 2011)
Se crea el Consejo para la Prevención y la Atención Integral de la Obesidad y los Trastornos de la Conducta Alimentaria del Distrito Federal como una instancia colegiada permanente de diseño, consulta, evaluación y coordinación de las estrategias y programas en materia de prevención y atención integral del sobrepeso, la obesidad y los trastornos de la conducta alimentaria en el Distrito Federal.
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El Jefe de Gobierno del Distrito Federal, como Presidente;
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El titular de la Secretaría de Salud del GDF, como Vicepresidente;
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El titular de la Secretaría de Educación del Distrito Federal;
(REFORMADA, G.O. 6 DE SEPTIEMBRE DE 2011)
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El titular del Programa del Distrito Federal para la Prevención y Combate de la Obesidad, Sobrepeso y Trastornos de la Conducta Alimentaria;
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Un diputado de la Asamblea Legislativa del Distrito...
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