Ley de Prevencion Social de la Violencia y la Delincuencia con Participacion Ciudadana del Estado de Nuevo Leon
LEY DE PREVENCIÓN SOCIAL DE LA VIOLENCIA Y LA DELINCUENCIA CON PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN
[N. DE E. DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL TRANSITORIO PRIMERO EL PRESENTE ORDENAMIENTO ENTRARÁ EN VIGOR EL PRIMERO DE ENERO DEL AÑO SIGUIENTE AL DÍA DE SU PUBLICACIÓN EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO.]
TEXTO ORIGINAL.
Ley publicada en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León, el miércoles 1 de junio de 2016.
JAIME HELIODORO RODRÍGUEZ CALDERÓN, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEÓN, A TODOS SUS HABITANTES HAGO SABER: Que el H. Congreso del Estado ha tenido a bien decretar lo que sigue:
DECRETO
NÚM... 112
LEY DE PREVENCIÓN SOCIAL DE LA VIOLENCIA Y LA DELINCUENCIA CON PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN
La presente Ley es de orden público e interés social, y tiene por objeto desarrollar en el Estado, las bases de coordinación en materia de prevención social de la violencia y la delincuencia con la participación de las ciudadanas y ciudadanos en el marco de los Sistemas Nacional, Estatal y Municipal de Seguridad Pública, previstos en los artículos 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 25 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 2 y demás relativos de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; 1 y demás relativos de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, y en todo lo relativo a la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Nuevo León.
-
Centro Nacional: El Centro Nacional de Prevención del Delito y Participación Ciudadana que es la Unidad Administrativa del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública;
-
Consejo Estatal: Consejo Estatal para la Prevención de la Violencia y la Delincuencia;
-
Costo-Eficiencia: Razonamiento basado en el principio de obtener los mayores y mejores resultados en relación a los costos;
-
Colaboración: Codependencia entre los miembros de la sociedad civil y dependencias involucradas;
-
Comité de Participación Ciudadana: Comités integrados por un grupo de vecinos que compartan una circunscripción territorial;
-
Centro Estatal: Centro Estatal para la Prevención de la Violencia y la Delincuencia;
-
Dirección de Organización Ciudadana: Encargada de coordinar todas las funciones relativas a la participación ciudadana;
-
Escenarios y políticas emergentes: Son los programas y acciones que se aplican ante situaciones de riesgo no previstas en los programas Estatales y Municipales que son aplicados de manera expedita y eventualmente son formalizados en políticas públicas;
-
Memoria institucional: Archivo electrónico de las experiencias institucionales negativas o positivas del Sistema Estatal de Prevención;
-
Participación: Involucramiento en los procesos de prevención;
-
Participación y colaboración ciudadana: La participación de los diferentes sectores y grupos de la sociedad civil organizada y ciudadanos;
-
Programa Estatal: El Programa Estatal para la Prevención de la violencia y la Delincuencia con participación y colaboración ciudadana propuesto y aprobado por el Consejo Estatal;
-
Programa Municipal: Los Programas municipales para la prevención de la violencia y la delincuencia con participación y colaboración ciudadana emitido por los respectivos Ayuntamientos;
-
Programa Nacional: El Programa Nacional para la Prevención de la violencia y la Delincuencia;
-
Secretario General: El titular de la Secretaria General de Gobierno;
-
Secretario de Seguridad Pública: El titular de la Secretaría de Seguridad Pública;
-
Sistema Estatal de Prevención: Se refiere al conjunto de entidades que señala el artículo 19 de la presente Ley.
-
Integralidad: La cual corresponde al abordaje de las causas generadoras de los factores criminógenos con una visión multifactorial;
-
Transversalidad: Articulación, homologación y complementación de las políticas públicas, programas y acciones de distintos órdenes de gobierno encaminados a reducir las causas generadoras de la violencia y la delincuencia; y
-
Focalización: Implementación de acciones concretas en un punto previamente determinado afectado por la violencia y la delincuencia.
-
Cultura de la legalidad;
-
Respeto irrestricto a los derechos humanos;
-
Trabajo colaborativo;
-
Continuidad de las políticas públicas;
-
Interdisciplinariedad;
-
Diversidad;
-
Proximidad; y
-
Transparencia y rendición de cuentas.
La aplicación de la presente Ley corresponde al Secretario de Seguridad Pública y a los Secretarios de Seguridad Pública de los Municipios en el ámbito de sus competencias, a los cuales les corresponde la planeación, programación, implementación y evaluación de las políticas públicas, programas y acciones que se realicen en los diversos ámbitos de competencia en materia de prevención de la violencia y la delincuencia.
-
Prevención primaria: Comprende medidas orientadas hacia todos aquellos factores causales que predisponen a la comisión de hechos delictivos y a la reducción de oportunidades que los favorecen;
-
Prevención secundaria: Comprende medidas dirigidas a grupos de riesgo y se encarga de la modificación de la conducta de las personas, en especial de quienes manifiestan mayores riesgos de desarrollar una trayectoria violenta o delictiva; y
-
Prevención terciaria: Comprende medidas para prevenir la reincidencia en el uso de la violencia o en conductas delictivas, mediante programas de reinserción social o de tratamiento, y que se centra en truncar las trayectorias delictivas.
-
Social;
-
Comunitario;
-
Situacional;
-
Psicosocial; y
-
Policial.
-
Programas integrales de desarrollo social, cultural y económico que no produzcan estigmatización, incluidos los de salud, educación, vivienda, empleo, deporte y desarrollo urbano;
-
La promoción de actividades que eliminen la marginación y la exclusión;
-
El fomento de la solución pacífica de conflictos;
-
Estrategias de educación y sensibilización de la población para promover la cultura de legalidad y tolerancia respetando al mismo tiempo las diversas identidades culturales. Incluye tanto programas generales como aquéllos enfocados a grupos sociales y comunidades en altas condiciones de vulnerabilidad; y
-
Se establecerán programas que modifiquen las condiciones sociales de la comunidad y generen oportunidades de desarrollo especialmente para los grupos en situación de riesgo, vulnerabilidad, o afectación.
-
La participación ciudadana y comunitaria en acciones a establecer las prioridades de la prevención, mediante diagnósticos participativos, el mejoramiento de las condiciones de seguridad de su entorno y el desarrollo de prácticas que fomenten una cultura de prevención, autoprotección, denuncia ciudadana y de utilización de los métodos alternos para la solución de controversias;
-
El mejoramiento del acceso de la comunidad a los servicios básicos;
-
Fomentar el desarrollo comunitario, la convivencia y la cohesión social entre las comunidades frente a problemas locales;
-
La participación ciudadana y comunitaria, a través de mecanismos que garanticen su efectiva intervención ciudadana en el diseño e implementación de planes y programas, a través de los Comités de Participación Ciudadana;
-
El fomento de las actividades de las organizaciones de la sociedad civil; y
-
Diseño de mecanismos ciudadanos de control social para el monitoreo de programas.
-
El mejoramiento y regulación del desarrollo urbano, rural...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba