Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. V-P-SS-941
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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
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LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL
DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
V-P-SS-941
COMPETENCIA TERRITORIAL.- CUANDO SE IMPUGNAN DOS O MÁS
ACTOS EMITIDOS POR DISTINTAS AUTORIDADES, UNA RESOLU-
TORA Y OTRA NOTIFICADORA, CUYA SEDE SE UBICA EN DIVERSAS
REGIONES QUE DETERMINAN LA CIRCUNSCRIPCIÓN TERRITORIAL
DE LAS SALAS REGIONALES DE ESTE TRIBUNAL, DEBE ATENDERSE
AL DOMICILIO DE LA ÚLTIMA.- El artículo 31 de la Ley Orgánica del Tribunal
Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, establece la forma de determinar la com-
petencia territorial de las Salas Regionales que integran este Tribunal, pues señala que
dichas salas conocerán del juicio contencioso administrativo por razón de territorio
respecto del lugar donde se encuentra la sede de la autoridad demandada; que si
fueran varias las autoridades demandadas, donde se encuentre la que dictó la resolu-
ción impugnada y, que cuando el demandado sea un particular, se atenderá a su
domicilio. En ese contexto, cuando del estudio integral de la demanda se desprenda
que se impugna una resolución definitiva y al propio tiempo el acto de notificación
efectuada por autoridad diversa, ubicada en sede distinta de la primera, por denuncia
de su ilegalidad y con la pretensión de que se declare su nulidad, por violación a los
competente por razón de territorio se determina atendiendo a la sede de aquélla que
emitió el acto de notificación combatido, por ser la última que interviene en el proce-
dimiento y toda vez que el análisis de su legalidad es de estudio previo al examen del
fondo del asunto, ya que el acto de notificación, per se e independiente de la resolu-
ción definitiva puede ocasionar un perjuicio a la actora. (5)
Incidente de incompetencia Núm. 5693/07-17-06-1/7386/07-11-02-3/1103/07-PL-09-
02.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa, en sesión de 21 de noviembre de 2007, por mayoría de 8 votos a
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