Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Jurisprudencia Núm. IX-J-1aS-2

Páginas20-23
PRIMERA SECCIÓN
Jurisprudencias
20Tribunal Federal de Justicia Administrativa
JURISPRUDENCIA NÚM. IX-J-1aS-2
LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL
DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
COEFICIENTE DEL 54% PREVISTO EN EL ARTÍCULO 19
SEGUNDO PÁRRAFO, DE LA LEY DEL IMPUESTO EMPRE-
SARIAL A TASA ÚNICA, SOLO PUEDE SER APLICADO POR
LA AUTORIDAD FISCAL PARA DETERMINAR LA BASE
GRAVABLE DEL IMPUESTO, CUANDO SEA SOLICITADO
POR EL CONTRIBUYENTE.- De conformidad con lo esta-
blecido en el artículo 19 de la Ley del Impuesto Empre-
sarial a Tasa Única, cuando la autoridad scal determine
de manera presunta ingresos que se encuentren sujetos
al pago del impuesto empresarial a tasa única, para de-
terminar la base gravable del impuesto, disminuirá a los
ingresos presuntos las deducciones que en su caso se
hubieran comprobado, y al resultado se le aplicará la tasa
del 17.5% prevista en el artículo 1° de la ley de la materia;
asimismo, el ordinal en comento en su segundo párrafo,
dispone que en su caso los contribuyentes en lugar del
procedimiento antes precisado podrán optar porque las
autoridades scales apliquen directamente a los ingresos
determinados presuntivamente el coeciente de 54% y al
resultado correspondiente se le aplique la tasa del 17.5%.
En ese sentido, no es obligación de la autoridad deman-
dada la aplicación del coeciente de 54% señalado pues
el mismo constituye una prerrogativa reconocida en ley a
favor del contribuyente, el cual se encuentra sujeto a su
voluntad; por tanto, si este decide ejercer la aplicación

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