Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. VII-CASR-2OC-19

Páginas155-156
155
CRITERIOS AISLADOS DE LA SEGUNDA SALA REGIONAL DE OCCIDENTE
SEGUNDA SALA REGIONAL DE OCCIDENTE
LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL
DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
VII-CASR-2OC-19
RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO. PRO-
CEDE EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO EN
TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 14, FRACCIÓN VIII, DE LA
LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA
FISCAL Y ADMINISTRATIVA, ÚNICAMENTE CUANDO SE
EMITA UNA RESOLUCIÓN EN LA QUE EXISTA UN PRO-
NUNCIAMIENTO EN CUANTO A SU FONDO.- Del numeral
en cita se desprende que este Tribunal podrá conocer de las
resoluciones que nieguen la indemnización o bien, aquellas
que por su monto no satisfagan al reclamante, es decir, la
condicionante para la procedencia del juicio contencioso ad-
ministrativo en tratándose de reclamaciones patrimoniales
estriba en que exista una resolución expresa en la que se
niegue la indemnización, o bien, se otorgue esta en un monto
diferente al pretendido por el solicitante, supuesto que no se
actualiza cuando la autoridad administrativa deseche la soli-
citud, porque no resuelve sobre la situación de fondo materia
de la reclamación, pues únicamente declara una situación
procesal de la cual este Tribunal carece de competencia
para dirimir su legalidad, por no encontrarse el supuesto en
el contexto del artículo 14 de la Ley Orgánica del Tribunal
Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, ni en ninguna otra
ley como competencia de este Tribunal.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR