Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Coahuila de Zaragoza y sus Municipios

LEY DE MEJORA REGULATORIA PARA EL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA Y SUS MUNICIPIOS

TEXTO ORIGINAL.

Ley publicada en la Cuarta Sección del Periódico Oficial del Estado de Coahuila, el martes 7 de julio de 2020.

EL C. ING. MIGUEL ÁNGEL RIQUELME SOLÍS, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, A SUS HABITANTES SABED:

QUE EL CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA;

DECRETA:

NÚMERO 627.-

ARTÍCULO ÚNICO Se expide la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Coahuila de Zaragoza y sus Municipios, para quedar como sigue:

LEY DE MEJORA REGULATORIA PARA EL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA Y SUS MUNICIPIOS

TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 89
Capítulo I Artículos 1 a 5

Objeto de la Ley

Artículo 1

La presente ley es de orden público y de observancia general para el Estado de Coahuila de Zaragoza y tiene por objeto establecer los principios y las bases a los que deberán sujetarse las dependencias y entidades, organismos públicos descentralizados y desconcentrados de la administración pública estatal y municipal, así como los organismos públicos autónomos en el ámbito de sus atribuciones y respectivas competencias en materia de mejora regulatoria.

Los poderes legislativo, judicial y los órganos jurisdiccionales que no formen parte del Poder Judicial del Estado, serán sujetos obligados para efectos de lo previsto en esta Ley, solo respecto a las obligaciones contenidas en el Registro Estatal de Regulaciones, Trámites y Servicios.

Este ordenamiento no será aplicable a las materias de carácter fiscal tratándose de las contribuciones y los accesorios que deriven directamente de aquellas, de responsabilidades de los servidores públicos; tampoco lo será para el Ministerio Público en ejercicio de sus funciones constitucionales.

La aplicación de la presente ley corresponde a la Secretaría de Economía, al Consejo Estatal de Mejora Regulatoria y a las Comisiones Municipales de Mejora Regulatoria, Comités, Unidades Administrativas o Áreas Responsables dentro del ámbito de sus respectivas competencias.

Artículo 2 Son objetivos de esta Ley:
  1. Establecer la obligación de las autoridades estatales y municipales, en el ámbito de su competencia, de implementar políticas públicas de mejora regulatoria para el perfeccionamiento de las regulaciones y la simplificación de los trámites y servicios, buscando en todo momento la mejora integral, continua y permanente de las regulaciones tanto estatales como municipales;

  2. Armonizar el marco normativo de la mejora regulatoria del Estado con las disposiciones de la Ley General de Mejora Regulatoria;

  3. Establecer la organización y el funcionamiento del Sistema Estatal de Mejora Regulatoria;

  4. Establecer los instrumentos, herramientas, acciones y procedimientos de mejora regulatoria;

  5. Regular la operación de los sujetos obligados dentro del Catálogo Estatal y Municipal de Regulaciones, Trámites y Servicios;

  6. Establecer las obligaciones de los Sujetos Obligados para facilitar los trámites y la obtención de servicios, incluyendo el uso de tecnologías de la información;

  7. Establecer los principios, bases, procedimientos e instrumentos para que las Regulaciones garanticen beneficios superiores a sus costos y el máximo bienestar para la sociedad; y

  8. Promover la eficacia y eficiencia gubernamental, fomentando el desarrollo socioeconómico e inversión en la entidad.

Artículo 3 En la aplicación de esta Ley, se entenderá por:
  1. Agenda Regulatoria: La propuesta de las Regulaciones que los Sujetos Obligados pretenden expedir;

  2. APE: La Administración Pública Estatal integrada por el conjunto de los órganos del Estado que llevan a cabo la procuración de la satisfacción de los intereses o necesidades de la colectividad, cuya conformación se establece en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza;

  3. Análisis de Impacto Regulatorio: Herramienta mediante la cual los sujetos obligados justifican, ante la Autoridad de Mejora Regulatoria, la creación de nuevas disposiciones de carácter general, reformas, modificación o en su caso, derogación o abrogación de los instrumentos normativos, con base en los principios de la política de mejora regulatoria;

  4. Autoridad de Mejora Regulatoria: La Secretaría de Economía, el Consejo Estatal de Mejora Regulatoria, las comisiones de mejora regulatoria municipales, los comités, las unidades administrativas o áreas responsables de conducir la política de mejora regulatoria en sus respectivos ámbitos de competencia;

  5. Catálogo: El Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios;

  6. Catálogo Estatal: El Catálogo Estatal de Regulaciones, Trámites y Servicios;

  7. Catálogo Municipal: El Catálogo Municipal de Regulaciones, Trámites y Servicios;

  8. CONAMER: La Comisión Nacional de Mejora Regulatoria;

  9. Comisionados Municipales: Los Comisionados Municipales de Mejora Regulatoria;

  10. Consejo Estatal: El Consejo Estatal de Mejora Regulatoria del Estado de Coahuila de Zaragoza;

  11. Consejo Nacional: El Consejo Nacional de Mejora Regulatoria;

  12. Enlace de Mejora Regulatoria: Servidor público designado como responsable de mejora regulatoria al interior de cada instancia gubernamental;

  13. Estrategia: La Estrategia Nacional de Mejora Regulatoria, que servirá de guía e impondrá las directrices para la formulación de la correspondiente Estrategia Estatal;

  14. Estrategia Estatal: La Estrategia Estatal de Mejora Regulatoria;

  15. Expediente para Trámites y Servicios: El conjunto de documentos electrónicos emitidos por los Sujetos Obligados asociados a personas físicas o morales, que pueden ser utilizados por cualquier autoridad competente, para resolver trámites y servicios;

  16. Ley: La Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Coahuila de Zaragoza y sus municipios;

  17. Ley General: Ley General de Mejora Regulatoria;

  18. Medio de Difusión: La publicación oficial impresa o electrónica por medio de la cual los Sujetos Obligados dan a conocer las Regulaciones que expiden;

  19. Observatorio: El Observatorio Nacional de Mejora Regulatoria;

  20. Padrón: El Padrón Estatal de servidores públicos con nombramiento de inspector, verificador, visitador o supervisor o cuyas competencias sean las de vigilar el cumplimiento de alguna Regulación;

  21. Propuesta Regulatoria: Los anteproyectos de iniciativas de leyes o regulaciones o disposiciones de carácter general que pretendan expedir los Sujetos Obligados, en el ámbito de su competencia y que se presenten a la consideración de las Autoridades de Mejora Regulatoria en los términos de esta Ley;

  22. Programa de Mejora Regulatoria: Programa Estatal de Mejora Regulatoria;

  23. Portal oficial: Al espacio de una red informática administrada por el gobierno del estado o municipal que ofrece de una manera sencilla e integrada, acceso al interesado en gestionar trámites y servicios que ofrecen los sujetos obligados;

  24. Regulación o Regulaciones: Cualquier normativa de carácter general cuya denominación puede ser Acuerdo, Circular, Código, Criterio, Decreto, Directiva, Disposición de carácter general, Disposición Técnica, Estatuto, Formato, Instructivo, Ley, Lineamiento, Manual, Metodología, Regla, Reglamento, o cualquier otra denominación de naturaleza análoga que expida cualquier Sujeto Obligado;

  25. Reglamento: El Reglamento de esta Ley que expida el Titular del Ejecutivo Estatal, en el ámbito de su competencia;

  26. Reglamento Interior: Al Reglamento Interior del Consejo Estatal de Mejora Regulatoria del Estado de Coahuila de Zaragoza;

  27. Registro Estatal: Al Registro Estatal de Trámites y Servicios;

  28. Registro Municipal: Al Registro Municipal de Trámites y Servicios del municipio que corresponda;

  29. Secretaría: Secretaría de Economía del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza;

  30. Secretaría de Fiscalización: Secretaría de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza;

  31. Servicio: Cualquier beneficio o actividad que los Sujetos Obligados, en el ámbito de su competencia, brinden a particulares, previa solicitud y cumplimiento de los requisitos aplicables;

  32. Simplificación: Al procedimiento por medio del cual se propicia la transparencia y la capacidad de síntesis en la elaboración de las regulaciones y procesos administrativos, así como la reducción de plazos y requisitos o la digitalización o abrogación de los trámites que emanan de tales disposiciones de carácter general, que buscan eliminar cargas al ciudadano;

  33. Protesta Ciudadana: Al mecanismo mediante el cual se da seguimiento a peticiones y/o inconformidades ciudadanas por presuntas negativas y/o falta de respuesta de trámites y/o servicios previstos en la normatividad aplicable, sin aparente razón justificada por parte de la autoridad emisora;

  34. Sistema Estatal: El Sistema Estatal de Mejora Regulatoria;

  35. Sistema Nacional: El Sistema Nacional de Mejora Regulatoria;

  36. Sistema Municipal: El Sistema Municipal de Mejora Regulatoria;

  37. Sujetos Obligados: La Administración Pública Estatal y sus respectivos homólogos de los municipios y sus dependencias y entidades; y

  38. Trámite: Cualquier solicitud o entrega de información que las personas físicas o morales del sector privado realicen ante la autoridad competente en el ámbito estatal o municipal, ya sea para cumplir una obligación o, en general, a fin de que se...

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