Ley de Juntas de Participacion Ciudadana del Estado de San Luis Potosi
[N. DE E. EN RELACIÓN CON LA ENTRADA EN VIGOR DEL PRESENTE ORDENAMIENTO Y SUS DECRETOS DE MODIFICACIONES, SE SUGIERE CONSULTAR LOS ARTÍCULOS TRANSITORIOS CORRESPONDIENTES.]
LEY DE JUNTAS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ
ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 11 DE DICIEMBRE DE 2023.
Ley publicada en la Edición Extraordinaria del Periódico Oficial del Estado de San Luis Potosí, el jueves 2 de diciembre de 2021.
Poder Legislativo del Estado
JOSÉ RICARDO GALLARDO CARDONA, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN LUIS POTOSÍ, A SUS HABITANTES SABED: QUE EL CONGRESO DEL ESTADO HA DECRETADO LO SIGUIENTE:
DECRETO 0135
La Sexagésima Tercera Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, Decreta
[...]
LEY DE JUNTAS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ
GENERALIDADES
Tiene como propósito establecer las atribuciones, y responsabilidades de las Juntas de Participación Ciudadana; además de las autoridades estatales, y municipales, con relación a las mismas, así como el acercamiento de la gestión gubernamental a la ciudadanía, y fomentar la participación de ésta y el ejercicio de sus derechos atendiendo a las disposiciones generales aplicables.
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CEEPAC. El Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana;
(ADICIONADA, P.O. 11 DE DICIEMBRE DE 2023)
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Comité. El Comité de Seguridad Pública;
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Juntas. Las Juntas de Participación Ciudadana;
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Ley. La Ley de Juntas de Participación Ciudadana del Estado de San Luis Potosí;
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Presidencia. La presidencia de la Junta de Participación Ciudadana;
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Reglamento. El Reglamento de la Ley de las Juntas de Participación Ciudadana;
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Secretaría. La secretaría de la Junta de Participación Ciudadana, y
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Vicepresidencia. La vicepresidencia de la Junta de Participación Ciudadana.
(REFORMADO, P.O. 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023)
Se prohíbe para quienes las conforman, acuerden para sí percepción alguna, o algún otro concepto de forma directa o indirecta.
(REFORMADO, P.O. 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023)
DE LAS AUTORIDADES Y SUS ATRIBUCIONES
(REFORMADO, P.O. 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023)
(REFORMADO, P.O. 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023)
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Emitir, en coordinación con el CEEPAC, la convocatoria para la integración de las Juntas, en estricta observación a los plazos y formalidades, indicados por esta Ley;
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Recibir las solicitudes de inscripción de las planillas que vayan a participar en el proceso de elección de las Juntas, y resolver lo procedente, notificando su determinación a los promoventes;
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Apoyar al CEEPAC en la preparación, celebración y conclusión de la elección de las Juntas;
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Designar una persona representante en la mesa receptora de la votación;
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Recibir; atender y resolver, las solicitudes de gestión o de cualquier otro tipo presentadas por las personas que conforman las Juntas, con la intervención del Gobierno del Estado cuando fuera el caso, y
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Las demás que establezca el Reglamento de esta Ley y disposiciones.
(REFORMADO, P.O. 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023)
(REFORMADA, P.O. 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023)
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Coordinarse con las autoridades municipales en la expedición de la convocatoria para la integración de las Juntas que emitan éstas;
(REFORMADA, P.O. 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023)
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Llevar a cabo, en coordinación con las autoridades municipales, la preparación, celebración y conclusión de la elección de las Juntas; para tal efecto, insaculará a una presidenta o presidente; y secretaria o secretario, de entre los habitantes de la circunscripción territorial, para mesa receptora de la votación;
(REFORMADA, P.O. 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023)
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Vigilar y orientar que se lleve a cabo el escrutinio y conteo de la votación debidamente en la elección de las Juntas;
(REFORMADA, P.O. 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023)
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Expedir los nombramientos de las personas electas en las Juntas;
(REFORMADA, P.O. 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023)
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Emitir los lineamientos que regulen la preparación, celebración y conclusión de las elecciones de las Juntas;
(REFORMADA, P.O. 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023)
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Recibir y resolver denuncias ciudadanas respecto al incumplimiento de esta Ley, e imponer las sanciones aplicables, y
(REFORMADA [N. DE E. ADICIONADA], P.O. 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023)
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Las demás que establezca el Reglamento de esta ley y disposiciones aplicables.
(REFORMADO, P.O. 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023)
DE LA INTEGRACIÓN DE LAS JUNTAS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
(REFORMADA, P.O. 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023)
En la composición de las Juntas, las autoridades municipales observarán el principio de paridad de género vertical y horizontal.
(REFORMADA, P.O. 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023)
(REFORMADA, P.O. 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023)
En las zonas rurales y en las cabeceras de los municipios de la Entidad, deberá existir al menos una junta que cumpla con el objeto de la presente Ley.
En las localidades y comunidades de los municipios...
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