Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. VII-CASR-2ME-5

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
que no se sustraiga del territorio nacional bienes que por sus
características resulten invaluables.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 22055/13-17-02-7.-
Resuelto por la Segunda Sala Regional Metropolitana del
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 28 de
noviembre de 2014, por unanimidad de votos.- Magistrada
Instructora: Consuelo Arce Rodea.- Secretario: Lic. Ángel
Fabián Domínguez Cañas.
LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS
SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
VII-CASR-2ME-5
PENSIÓN POR INCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE.
INCREMENTO ANUAL DE SU CUANTÍA.- El artículo 57 de
la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los
Trabajadores del Estado vigente hasta el 31 de marzo de
2007, dispone que la cuantía de las pensiones se aumentará
anualmente conforme al incremento que en el año calenda-
rio anterior hubiese tenido el Índice Nacional de Precios al
Consumidor, y en caso de que este resultara inferior a los
otorgados a los sueldos básicos de los trabajadores en activo,
aquellas se incrementarán en la misma proporción que estos
últimos; asimismo, prevé que la Junta Directiva del referido
Instituto jará la cuota mínima y máxima de las pensiones con
excepción de las concedidas por riesgo del trabajo, lo que
obedece a que el diverso numeral 40 del citado ordenamiento
legal establece que las pensiones por incapacidad parcial

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