Ley de Ingresos del Estado de Quintana Roo, para el Ejercicio Fiscal 2021

LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021

ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 15 DE JUNIO DE 2021.

Ley publicada en el Tomo III, número 170 Extraordinario del Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo, el lunes 21 de diciembre de 2020.

DECRETO NÚMERO: 077

POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021.

LA HONORABLE XVI LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO,

D E C R E T A:

ÚNICO: Se expide la Ley de Ingresos del Estado de Quintana Roo, para el Ejercicio Fiscal 2021, para quedar como sigue:

LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021.

(ADICIONADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 15 DE JUNIO DE 2021)

ARTÍCULO 1 En el ejercicio fiscal 2021, el Estado de Quintana Roo percibirá los ingresos provenientes de los conceptos y en las cantidades estimadas que a continuación se mencionan:

[N. DE E. VÉASE TABLAS EN EL P.O. DE 21 DE DICIEMBRE DE 2020, PÁGINAS DE LA 143 A LA 149]

[N. DE E. VÉASE REFORMAS A LA TABLA, P.O. 15 DE JUNIO DE 2021, PÁGINAS DE LA 66 A LA 67.]

ARTÍCULO 2 El pago extemporáneo de créditos fiscales dará lugar al cobro de recargos, de conformidad con lo que establezca el Código Fiscal del Estado.
ARTÍCULO 3 La recaudación de los gravámenes provenientes de los conceptos enumerados en el artículo 1º de esta Ley, se hará en los lugares y por los medios autorizados por la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado.
ARTÍCULO 4 La Secretaría de Finanzas y Planeación podrá administrar en forma transitoria los impuestos patrimoniales y derechos del municipio, según se establece en el artículo 39 de la Ley de Coordinación Fiscal del Estado, siempre y cuando cuente con la autorización correspondiente del Ayuntamiento que así lo desee, en la forma y bases del convenio que para tal efecto se celebre.
ARTÍCULOS TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor a partir del 1º de enero del año 2021.

SEGUNDO. En tanto el Estado de Quintana Roo permanezca adherido al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, suscrito mediante convenio y anexos respectivos con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, quedan en suspenso los siguientes:

  1. IMPUESTOS.

    1. ...

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