Ley de Ingresos del Municipio de Chiconcuautla, Puebla, para el Ejercicio Fiscal 2015

Fecha de publicación19 Diciembre 2014
EstadoPuebla
MunicipioChiconcuautla
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES
DE
CARÁCTER OFICIAL SON
OBLIGATORIAS POR EL SOLO HECHO DE SER PUBLICADAS EN ESTE PERIÓDICO
Autorizado como correspondencia de segunda clase por
la
Dirección de Correos
con fecha 22 de noviembre de 1930
TOMO CDLXXVI "CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA"
VIERNES
19
DE
DICIEMBRE
DE
2014
Sumarlo
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
NÚMERO
15
VIGÉSIMA SEGUNDA
SECCIÓN
tOG3S5
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que
expide
la
LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE CHICONCUAUTLA, para
el.
Ejercicio Fiscal 2015. .
ctct(),q
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por
el
cual expide
la
Zonificación Catastral y las Tablas de Valores Unitarios de Suelos Urbanos y
Rústicos; así como los Valores Catastrales de Construcción por metro cuadrado,
para
el
Municipio de Chiconcuautla.
2 (Vigésima Segunda Sección) Periódico Oficial del Estado de Puebla
GOBIERNO
DEL ESTADO
PODER
LEGISLATIVO
Viernes
19
de
diciembre
de
2014
DECRETO
del Honorable Congreso
del
Estado, por
el
que expide
la
LEY
DE
INGRESOS DEL MUNICIPIO
DE
CHICONCUAUTLA, para
el
Ejercicio Fiscal2015.
Al
margen
un
sello con
el
Escudo del Estado de Puebla, y una leyenda que dice: Unidos en
el
Tiempo, en
el
Esfuerzo, en la Justicia y
en
la
Esperanza. Estado Libre y Soberano
de
Puebla.
H.
Congreso del Estado de Puebla.
LIX Legislatura.
RAFAEL
MORENO
VALLE
ROSAS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, a
sus habitantes sabed:
Que por
la
Secretaría del
H.
Congreso,
se
me
ha remitido
el
siguiente:
EL
HONORABLE
QUINCUAGÉSIMO
NOVENO
CONGRESO
CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO
LIBRE
Y SOBERANO DE PUEBLA
CONSIDERANDO
Que
en
Sesión Pública Ordinaria celebrada con esta fecha, Vuestra Soberanía tuvo a bien aprobar.
el
Dictamen
con Minuta de Decreto, emitido por
la
Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, por virtud del cual
se
expide
la
la
Ley
de
Ingresos del Municipio
de
Chiconcuautla, Puebla, para
el
ejercicio fiscal del año dos
mil
quince.
Que el Sistema Federal tiene como objetivo primordial
el
fortalecer
el
desarrollo
de
los Municipios, propiciando
la redistribución de las competencias
en
materia fiscal, para que la administración de su hacienda se convierta en
factor decisivo de su autonomía.
Que con fecha
23
de
diciembre de 1999 se reformó
el
artículo
115
Constitucional, incluyendo en
su
fracción
IV
la facultad para los Ayuntamientos de proponer
al
Congreso del Estado las cuotas y tarifas aplicables a impuestos,
derechos, contribuciones de mejoras y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de base
para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria.
Que en correlación a la reforma antes mencionada, la fracción VIII del artículo 78 de la Ley Orgánica Municipal
textualmente establece: "Son atribuciones
de
los Ayuntamientos:
...
VIIL
Presentar al Congreso del Estado, a través
del Ejecutivo del Estado, previa autorización de cuando menos las dos terceras partes de los miembros del
Ayuntamiento, el día quince de noviembre la Iniciativa de la Ley de Ingresos que deberá regir el año siguiente, en
la que se propondrá las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y las tablas de
valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de los impuestos sobre la propiedad
inmobiliaria"
lo
que permite a los Ayuntamientos adecuar sus disposiciones a
fm
de que guarden congruencia con
los conceptos de ingresos que conforman su hacienda pública; proporcionar certeza jurídica a los habitantes del
Municipio; actualizar las tarifas de acuerdo con los elementos que consoliden los principios constitucionales de
equidad y proporcionalidad y que a la vez permitan a los Ayuntamientos recuperar los costos que les implica prestar
los servicios públicos y lograr una simplificación administrativa.
En
este contexto se determinó presentar la Iniciativa de Ley de Ingresos del Municipio de Chiconcuautla, Puebla,
para
el
Ejercicio Fiscal del año dos mil quince, en la que se contempla esencialmente
lo
siguiente:
Se propone incluir como artículo 1 de la presente iniciativa, el Presupuesto de Ingresos, mismo que contiene la
información a que se refiere el artículo
61
de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
En efecto, con fecha
12
de noviembre de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el DECRETO por
el que se reforma y adiciona la Ley General de Contabilidad Gubernamental, para transparentar y armonizar la
información fmanciera relativa a la aplicación de recursos públicos en los distintos órdenes de gobierno, en el que
se
adiciona el Título Quinto, denominado
"De
la Transparencia y Difusión de la Información Financiera",
estableciéndose
en
el
artículo 61, la obligación para la Federación, las entidades federativas, los municipios, y en
su

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