Ley de Ingresos del Municipio de Chalchicomula de Sesma, Puebla, para el Ejercicio Fiscal 2015

Fecha de publicación17 Diciembre 2014
EstadoPuebla
MunicipioChalchicomula de Sesma
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LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES DE CARÁCTER OFICIAL SON
OBLIGATORIAS POR EL SOLO HECHO
DE
SER PUBLICADAS
EN
ESTE PERiÓDICO
Autorizado como correspondencia de segunda clase por la Dirección de Correos
con fecha 22 de noviembre de 1930
TOMO CDLXXVI "CUATRO VECES HEROICA PUEBLA
DE
ZARAGOZA"
MIÉRCOLES 17 DE DICIEMBRE DE 2014
SumarIÓ
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
NÚMERO 13
SÉPTIMA
SECCiÓN
\0
(ó252
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por
el
que expide
la
LEY
DE
INGRESOS DEL MUNICIPIO
DE
CHALCHICOMULA
DE
SESMA,
para
el
Ejercicio Fiscal 2015.
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por
el
cual expide
la
Zonificación Catastral y las Tablas de Valores Unitarios de Suelos Urbanos y
Rústicos; así como los Valores Catastrales de Construcción por metro cuadrado,
para
el
Municipio
de
Chalchicomula de Sesma.
2 (Séptima Sección) Periódico Oficial del
Estado
de
Puebla
Miércoles
17
de diciembre de 2014
GOBIERNO
DEL
ESTADO
PODER
LEGISLATIVO
DE-CRETO·del HQnmable. Congreso del Estado, por el que
expi.de
la
L~Y
DE INGRESOS DEL MUNICIPIO
DE CHALCHICOMULA DE SESMA, para el Ejercicio Fiscal20lS.
Al margen un sello con el Escudo del Estado de Puebla, y una leyenda que dice: Unidos en el Tiempo, en el
Esfuerzo, en
la
Justicia y en la Esperanza. Estado Libre y Soberano de Puebla. H. Congreso del Estado de Puebla.
LIX Legislatura.
RAFAEL
MORENO
VALLE
ROSAS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, a
sus habitantes sabed:
Que por
la
Secretaría del
H.
Congreso,
se
me ha remitido el siguiente:
EL
HONORABLE QUINCUAGÉSIMO NOVENO CONGRESO
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
CONSIDERANDO
Que en Sesión Pública Ordinaria celebrada con esta fecha, Vuestra Soberanía tuvo a bien aprobar el Dictamen
con Minuta de Decreto, emitido por
la
Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, por virtud del cual se expide
la Ley de Ingresos del Municipio de Chalchicomula de Sesma, Puebla, para
el
Ejercicio Fiscal del año dos mil
quince.
Que
el
Sistema Federal tiene como objetivo primordial el fortalecer el desarrollo de los Municipios, propiciando
la
redistribución
de
las competencias en materia fiscal, para que la administración de su hacienda se convierta en
factor decisivo de su autonomía.
Que con fecha
23
de
diciembre
de
1999 se reformó
el
artículo
115
Constitucional, incluyendo en su fracción
IV
la
facultad para los Ayuntamientos de proponer
al
Congreso del Estado las cuotas y tarifas aplicables a impuestos,
derechos, contribuciones de Il'rejoras y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan
de
base
para
el
cobro de las contribuciones sobre
la
propiedad inmobiliaria.
Que en correlación a
la
reforma antes mencionada,
la
fracción VIII del artículo 78 de
la
Ley Orgánica Municipal
textualmente establece: "Son atribuciones
de
los Ayuntamientos:
...
VIII.
Presentar al Congreso del Estado, a través
del Ejecutivo del Estado, previa autorización
de
cuando menos las dos terceras partes
de
los miembros del
Ayuntamiento, el día quince
de
noviembre la Iniciativa
de
la Ley
de
Ingresos que deberá regir el año siguiente, en
la que se propondrá las cuotas y tarifas aplicables a impuestos,.·derechos, contribuciones
de
mejoras y las tablas
de
valores unitarios
de
suelo y construcciones que sirvan
de
base para el cobro
de
los impuestos sobre la propiedad
inmobiliaria",
lo
que permite a los Ayuntamientos adecuar sus disposiciones a fin de que guarden congruencia con
los conceptos
de
ingresos que conforman su hacienda pública; proporcionar certeza jurídica a los habitantes del
Municipio; actualizar las tarifas de acuerdo con los elementos que consoliden los principios constitucionales de
equidad y proporcionalidad y que a
la
vez permitan a los Ayuntamientos recuperar los costos que les implica prestar
los servicios públicos y lograr una simplificación administrativa.
En este contexto se determinó presentar la Ley de Ingresos del Municipio de Chalchicomula de Sesma, Puebla,
para
el
Ejercicio Fiscal del año dos mil quince, en
la
que
se
contempla esencialmente
lo
siguiente:
Se
propone incluir como artículo l de
la
presente Ley, el Presupuesto de Ingresos, mismo que contiene
la
información a que se refiere
el
artículo
61
de
la
Ley General
de
Contabilidad Gubernamental.

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