Ley del Impuesto sobre la Renta. VIII-P-2aS-26

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314 SEGUNDA SECCIÓN
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
objeto de obtener de él, ciertos nes de carácter parascal
como en el de que los particulares puedan tener un acceso
digno a la vivienda.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 14/7550-08-01-03-
06-OT/1014/15-S2-10-04.- Resuelto por la Segunda Sección
de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Admi-
nistrativa, en sesión de 18 de octubre de 2016, por mayoría
de 4 votos a favor y 1 voto en contra.- Magistrado Ponente:
Carlos Mena Adame.- Secretaria: Lic. Judith Olmos Ayala.
(Tesis aprobada en sesión de 18 de octubre de 2016)
VIII-P-2aS-26
ESTÍMULO FISCAL. PARA ACCEDER AL ESTABLECIDO
EN EL ARTÍCULO 225 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE
LA RENTA, DEBEN REALIZARSE CONSTRUCCIONES DE
DESARROLLO INMOBILIARIO EN EL TERRENO ADQUI-
RIDO.- Los contribuyentes que se dediquen a la construcción
y enajenación de desarrollos inmobiliarios, podrán optar por
deducir el costo de adquisición de los terrenos que obtengan
en ese ejercicio, debiendo cumplir siempre con los requisitos
establecidos en el artículo 225 de la Ley del Impuesto sobre
la Renta, vigente hasta el 31 de diciembre de 2013. Por lo
tanto, no es suciente la adquisición de un terreno y su pos-
terior venta, sin que se haya realizado construcción alguna,
pues la sola “intención” de dedicarlos a la construcción de
PRECEDENTE 315
REVISTA NÚM. 6, ENERO 2017
desarrollo inmobiliario para efectuar la deducción de su costo,
sin haberlo utilizado efectivamente para ese n, con ello no
se cumple con lo establecido en el artículo 225 de la Ley del
Impuesto sobre la Renta, es necesario que se materialice la
construcción sobre el terreno adquirido; entendiéndose por
construcción, “acción y efecto de construir, y a su vez este
signica fabricar, edicar, hacer de nueva planta una obra
de arquitectura o ingeniería, un monumento o cualquier obra
pública”, según el Diccionario de la Real Academia de la
Lengua Española.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 14/7550-08-01-03-
06-OT/1014/15-S2-10-04.- Resuelto por la Segunda Sección
de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Admi-
nistrativa, en sesión de 18 de octubre de 2016, por mayoría
de 4 votos a favor y 1 voto en contra.- Magistrado Ponente:
Carlos Mena Adame.- Secretaria: Lic. Judith Olmos Ayala.
(Tesis aprobada en sesión de 18 de octubre de 2016)
C O N S I D E R A N D O :
[...]
DÉCIMO.- ANÁLISIS DE LA LEGALIDAD DE LA
RESOLUCIÓN DETERMINANTE DEL CRÉDITO FISCAL
EN RELACIÓN A LA APLICACIÓN DEL ESTÍMULO FIS-
CAL PREVISTO EN EL ARTÍCULO 225, DE LA LEY DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DURANTE EL EJERCICIO
FISCAL DE 2007.- Con fundamento en el segundo párrafo,
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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
del artículo 50, de la Ley Federal de Procedimiento Con-
tencioso Administrativo, este Órgano Colegiado procede a
analizar el TERCERO, CUARTO, QUINTO, SEXTO y SÉP-
TIMO conceptos de impugnación del escrito de demanda, en
donde sostiene la accionante que, es ilegal la determinación
de la demandada, al concluir en la resolución determinante
del crédito scal que la empresa actora ********** no debió
aplicar el estímulo scal establecido en el artículo 225 de la
Ley del Impuesto sobre la Renta, durante el ejercicio scal
de 2007, consistente en deducir el costo de los terrenos al
momento de adquirirlos, en razón de que la contribuyente
no cumplió con los requisitos establecidos en las fracciones
I, II y III del citado precepto legal, consistentes en acreditar
que los terrenos hayan sido destinados a la construcción
de desarrollos inmobiliarios; que sus ingresos acumulables
cuando menos el 85% hayan provenido de la realización de
desarrollos inmobiliarios y que haya considerado como ingre-
so acumulable adicional el 3% del monto deducido, en cada
uno de los ejercicios que transcurran desde que adquirió el
terreno hasta el ejercicio inmediato anterior al que se enajene.
[N.E. Se omite transcripción]
RESOLUCIÓN DE LA SEGUNDA SECCIÓN
DE SALA SUPERIOR
A juicio de los Magistrados que integran esta Segunda
Sección de la Sala Superior los conceptos de impugnación
en estudio, los consideran parcialmente fundados pero
insucientes para desvirtuar la presunción de legalidad de

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