Ley del Impuesto sobre la Renta. VII-TASR-CA-31

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
SALA REGIONAL DEL CARIBE
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
VII-TASR-CA-31
SALARIOS VENCIDOS O CAÍDOS. NO CONSTITUYEN INGRE-
SOS EXENTOS EN TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 109, 110 Y
112 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.- Del artículo
110 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, se advierte que es objeto de tal
gravamen los ingresos que se perciban por la prestación de un servicio per-
sonal subordinado, los salarios y todas las percepciones que deriven de una
relación laboral, incluyendo las prestaciones percibidas como consecuencia
de la terminación de la relación laboral; esto es, que las primas de antigüedad,
retiro e indemnizaciones u otros pagos que perciba el trabajador al momento
de su separación o terminación de la relación laboral se reputarán ingresos
para efectos del impuesto sobre la renta, asimismo, del artículo 109, fracción
X, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, se desprende que se señalaron
ingresos exentos de dicho impuesto, entre otros, aquellos que obtengan las
personas al momento de la separación de una relación laboral, por concepto
de primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pagos; por últi-
mo, el artículo 112 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, se aprecia que
cuando se obtengan ingresos por concepto de primas de antigüedad, retiro
e indemnizaciones u otros pagos, por separación, se calculará el impuesto
anual conforme a las reglas señaladas en las fracciones I y II, del mismo
precepto. Del análisis sistemático de los artículos 109, 110 y 112 de la Ley
del Impuesto sobre la Renta, se desprende que los conceptos que se reputa-
rán como ingresos y que no pagarán impuesto sobre la renta, serán aquéllos
que perciban las personas que han estado sujetas a una relación laboral por
concepto de primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pagos,
al momento de su separación; en tal virtud, se advierte que en dichos pre-
ceptos legales no se señala expresamente el concepto de salarios vencidos
dentro de los ingresos exentos de pago del impuesto sobre la renta, por lo

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