Ley del Impuesto sobre la Renta. VII-CASR-13ME-1

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
DÉCIMO TERCERA SALA
REGIONAL METROPOLITANA
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
VII-CASR-13ME-1
RENTA. PARA LA PROCEDENCIA DE LA DEDUCCIÓN DE
UN GASTO DE SUBCONTRATACIÓN LABORAL LA AU-
TORIDAD FISCAL NO PUEDE RECHAZARLO INVOCANDO
EL INCUMPLIMIENTO DE NORMAS LABORALES.- De
conformidad con el artículo 31, fracción I, de la Ley del Im-
puesto sobre la Renta vigente hasta 2013, las deducciones
autorizadas, además de cumplir con los requisitos estableci-
dos en otras disposiciones scales, deberán ser gastos es-
trictamente indispensables para los nes de la actividad de la
contribuyente y sin los cuales sus metas operativas se verían
obstaculizadas a tal grado que se impediría la realización de
su objeto social. Por su parte, el artículo 15-A de la Ley Fe-
deral del Trabajo, regula relaciones de orden estrictamente
laboral bajo el régimen de subcontratación, estableciendo
una serie de supuestos o condiciones normativas que de no
cumplirse, generan obligaciones de patrón para el contratante
en materia de trabajo y de seguridad social. Ahora bien, el
anterior artículo, es una norma eminentemente laboral, es
decir no scal, por tanto la autoridad scal no puede cali car,
para rechazar una deducción, la naturaleza de patrón del con-
tribuyente, contratante, ya que todo lo correspondiente a la
relación de trabajo regulada en el artículo 123 constitucional,

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