Ley del Impuesto sobre la Renta. VII-CASA-V-47

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la resolución determinante específi camente en algunas de las
fracciones que compone el artículo 28 del Código Fiscal de la
Federación o 26 de su Reglamento en aras de dar certeza al
particular, pues se puede presumir que el contribuyente cono-
ce, de ordinario, cuáles son los elementos que la conforman,
ya que es una obligación que tiene y acata cotidianamente.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 315/14/QSA-5.- Ex-
pediente de Origen Núm. 514/14-10-01-7.- Resuelto por la
Quinta Sala Auxiliar del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa, el 5 de agosto de 2014, por mayoría de vo-
tos.- Magistrado Instructor: Rolando Javier García Martínez.-
Secretario: Lic. Fabián Alberto Obregón Guzmán.
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
VII-CASA-V-47
DISCREPANCIA FISCAL. SI LA AUTORIDAD PARA CO-
NOCERLA SE BASA EN LA INFORMACIÓN PROPOR-
CIONADA POR LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y
DE VALORES AL AMPARO DE UNA REVISIÓN DE GABI-
NETE, SE TRATA DE UNA DETERMINACIÓN CIERTA Y
NO PRESUNTIVA DE INGRESOS.- Si la autoridad solicitó
al contribuyente diversa información y documentación para
comprobar el cumplimiento de sus obligaciones scales, y
con posterioridad solicitó aclarara la discrepancia scal en-
tre sus erogaciones e ingresos declarados en un ejercicio
scal conocidos a través de la información proporcionada
por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y este no
exhibió la documentación sufi ciente para desvirtuar dicha

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