Ley del Impuesto sobre la Renta. Jurisprudencia Núm. VII-J-SS-164

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Revista del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
JURISPRUDENCIA NÚM. VII-J-SS-164
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
AJUSTE ANUAL POR INFLACIÓN ACUMULABLE Y GA-
NANCIA CAMBIARIA. SON INGRESOS QUE PUEDEN
SER CONSIDERADOS DENTRO DEL PORCENTAJE ES-
TABLECIDO PARA LA PROCEDENCIA DE LA EXENCIÓN
PREVISTA EN EL DÉCIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO
179 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.- El
décimo párrafo del artículo 179 de la Ley del Impuesto sobre
la Renta, establece que cuando los fondos de pensiones y
jubilaciones participen como accionistas en personas mora-
les, cuyos ingresos totales provengan al menos en un 90%
exclusivamente de la enajenación o del otorgamiento del
uso o goce temporal de terrenos y construcciones adheri-
das al suelo, ubicados en el país, dichas personas morales
estarán exentas del pago del impuesto sobre la renta, en la
proporción de la tenencia accionaria o de la participación de
dichos fondos en la persona moral. En ese sentido, si en el
juicio contencioso administrativo, la parte actora aduce que el
ajuste anual por infl ación acumulable y la ganancia cambiaria
provienen de deudas adquiridas con motivo de la realización
de su objeto social, que es otorgar el uso o goce temporal
de terrenos o construcciones adheridas al suelo, ubicadas
en territorio nacional, y logra demostrar esa circunstancia de
manera sufi ciente, entonces dichos ingresos deben tomarse
en cuenta para cuantifi car el referido porcentaje a efecto de
que la exención de mérito resulte procedente. Lo anterior es
así, pues, debe tenerse presente que tanto el ajuste anual
por infl ación acumulable y la ganancia cambiaria, son ingre-

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