Ley general del equilibrio ecológico y la protección al ambiente. IX-P-SS-233

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Revista Núm. 18, Junio 2023 235
LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO
Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE
IX-P-SS-233
COMUNIDAD AFECTADA POR OBRAS QUE CONTRAVIE-
NEN LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y
LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE.- EL CARÁCTER DE RE-
SIDENTE DE ESA ZONA PUEDE ACREDITARSE CON UNA
FACTURA DE SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA.-
Conforme al artículo 180 de la Ley General del Equilibrio
Ecológico y la Protección al Ambiente, los residentes
de comunidades afectadas por obras o actividades que
contravengan las disposiciones de la propia Ley, los pro-
gramas de ordenamiento ecológico, las declaratorias de
áreas naturales protegidas o los reglamentos y normas
ociales mexicanas derivadas de la misma, tendrán de-
recho a impugnar los actos administrativos correspon-
dientes mediante el recurso de revisión; sin embargo, el
numeral señalado no precisa la manera en que los in-
conformes pueden o deben acreditar ante la autoridad
administrativa su carácter de residentes de la comuni-
dad afectada; ante lo cual cabe concluir que la exhibi-
ción de una factura que ampara el pago del suministro
de energía eléctrica expedida por la Comisión Federal de
Electricidad, en la que conste el nombre y domicilio
de la prestataria del servicio, resulta un documento idó-
neo para acreditar la calidad del inconforme de residente
en la comunidad afectada, si el domicilio ostensible en

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