Ley de Fomento a la Actividad Vitivinicola del Estado de Guanajuato
LEY DE FOMENTO A LA ACTIVIDAD VITIVINÍCOLA DEL ESTADO DE GUANAJUATO
TEXTO ORIGINAL.
Ley publicada en la Segunda Parte del Periódico Oficial del Estado de Guanajuato, el martes 22 de diciembre de 2020.
DIEGO SINHUE RODRÍGUEZ VALLEJO, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DEL MISMO SABED:
QUE EL H. CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, HA TENIDO A BIEN DIRIGIRME EL SIGUIENTE:
LA SEXAGÉSIMA CUARTA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, D E C R E T A:
LEY DE FOMENTO A LA ACTIVIDAD VITIVINÍCOLA DEL ESTADO DE GUANAJUATO
Naturaleza y objeto
Tiene por objeto fomentar, promover, difundir y fortalecer las actividades relacionadas al sector vinícola, vitícola, vitivinícola y de enoturismo, propiciando la participación de los distintos órdenes de gobierno y el sector privado.
Finalidad de la Ley
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Promover entre los productores y asociaciones vitivinícolas, en coordinación con los distintos órdenes de gobierno, el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas y demás disposiciones legales aplicables. Así como la producción, industrialización, la autenticidad, el mejoramiento de la calidad vitivinícola y de sus subproductos;
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Promover la infraestructura para el desarrollo de negocios vitivinícolas;
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Participar en la promoción del vino guanajuatense en el mercado local, nacional e internacional;
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Fomentar la organización y asociación de los productores vitivinícolas del estado;
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Impulsar la capacitación entre los productores y asociaciones vitivinícolas, en materia de investigación y transferencia tecnológica, sanidad y calidad;
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Impulsar la comercialización del vino guanajuatense y sus subproductos buscando las mejores condiciones de mercado;
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Promover la creación y el otorgamiento del Distintivo de Calidad Vino Guanajuatense; y
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Fomentar el enoturismo como parte de la cadena de valor de la vitivinicultura.
Aplicación de la Ley
Sujetos de la Ley
Son sujetos de esta Ley, los vitivinicultores, las organizaciones, asociaciones, comités y consejos de carácter estatal, regional, distrital y municipal que se constituyan o estén constituidos de conformidad con los lineamientos y las normas vigentes en la materia y en general, toda persona física o moral que, de manera individual o colectiva, realice actividades relacionadas con el sector y el enoturismo.
Glosario
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Consejo: Consejo Estatal Vitivinícola;
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Enoturismo: Tipo de turismo enfocado en las zonas de producción vinícolas. Se relaciona con el turismo gastronómico y con el turismo cultural dependiendo del carácter histórico o artístico del sector;
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Ley: Ley de Fomento a la Actividad Vitivinícola del Estado de Guanajuato;
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Registro: Registro Estatal Vitivinícola;
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Secretaría: Secretaría de Desarrollo Económico Sustentable;
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Sector: Al sector vinícola, vitícola y vitivinícola;
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Vinicultor: Persona dedicada la producción de vino;
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Vino: Bebida que se obtiene de la fermentación de la uva vitis vinífera;
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Viticultor: Experto en el cultivo de la vid;
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Vitivinicultor: Persona dedicada a la producción, elaboración y transformación de la uva destinada a la industrialización del vino; y
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Vitivinicultura: Conjunto de técnicas y procedimientos que se llevan a cabo para el cultivo de la vid sea para mesa, industrial o producción de vino.
Suscripción de convenios
Atribuciones de las Autoridades
Coordinación
Autoridades de la Ley
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El Titular del Poder Ejecutivo del Estado;
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La Secretaría;
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La Secretaría de Turismo;
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La Secretaría de Desarrollo Agroalimentario y Rural; y
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Los ayuntamientos.
Atribuciones del Titular del Poder Ejecutivo del Estado
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Conducir la política estatal en materia de fomento a la actividad vitivinícola, de conformidad por lo dispuesto en la presente Ley y demás disposiciones jurídicas aplicables;
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Emitir el Programa Estatal Vitivinícola y de Enoturismo para promover el desarrollo vitivinícola de Guanajuato;
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Las demás que establezca el reglamento de la Ley y otros ordenamientos aplicables.
Atribuciones de la Secretaría
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Generar el crecimiento económico de la actividad vitivinícola, promoviendo instrumentos para el financiamiento del sector;
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Fomentar y promover la inversión nacional y extranjera en las actividades relacionadas con el sector;
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Apoyar la competitividad de los vinos guanajuatenses, fomentando el desarrollo de su producción y calidad;
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Aplicar las políticas públicas para el fomento y desarrollo del sector y del enoturismo;
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Brindar apoyos técnicos, económicos, asesorías y capacitaciones a los productores y distribuidores de vino;
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Incentivar la exportación de los vinos guanajuatenses, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables;
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Establecer, operar y actualizar el Registro; y
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Las demás que le otorguen esta Ley y demás ordenamientos jurídicos aplicables.
Atribuciones de la Secretaría de Turismo
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Fomentar acciones y estrategias para el desarrollo y promoción de...
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