Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VII-P-2aS-859

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA SECCIÓN
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VII-P-2aS-859
INCIDENTE DE INCOMPETENCIA EN RAZÓN DE TERRI-
TORIO. OPORTUNIDAD EN SU INTERPOSICIÓN.- Aten-
diendo a lo dispuesto en los artículos 30 de la Ley Federal
de Procedimiento Contencioso Administrativo y 334 del
Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación
supletoria, una incidencia que tenga por objeto dilucidar la
Sala Regional de este Tribunal que territorialmente deba
conocer de un asunto, constituye una cuestión de previo y
especial pronunciamiento; lo cual incluso se ha reconocido
en la jurisprudencia VI-J-2aS-70 de esta misma Sección, de
rubro: “INCIDENTE CON MOTIVO DE UN CONFLICTO DE
COMPETENCIA POR RAZÓN DE TERRITORIO.- SU NATU-
RALEZA ES DE PREVIO Y ESPECIAL PRONUNCIAMIENTO
(REFORMA AL ARTÍCULO 29, FRACCIÓN I, DE LA LEY
FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMI-
NISTRATIVO, EN VIGOR A PARTIR DEL 11 DE DICIEMBRE
DE 2010)”; en ese sentido, rige para normar su interposición
lo dispuesto por el diverso 39 de la mencionada ley, pues de
dicho numeral se desprende que los incidentes de previo y
especial pronunciamiento, deberán promoverse hasta antes
del cierre de la instrucción del juicio; luego entonces, resulta
irrelevante que previamente a la interposición del incidente
de incompetencia por razón de territorio, la autoridad hubiere

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