Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VII-CASE-PI-20

Páginas269-271
269
CRITERIOS AISLADOS DE LA SALA ESPECIALIZADA EN MATERIA DE PROPIEDAD INTELECTUAL
normativa de la Ley de la Propiedad Industrial, por las dispo-
siciones de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo
y, como supletorias a esta, por las del Código Federal de
Procedimientos Civiles; y c) del 28 de enero de 2012 en ade-
lante, dichas noti caciones se rigen por las disposiciones del
segundo párrafo del artículo 183, correspondiente al Capítulo
I “Reglas Generales de los Procedimientos” del Título Sexto
“De los Procedimientos Administrativos” de la Ley de la Pro-
piedad Industrial y su Reglamento, y en aplicación directa y
complementaria a aquella ley, por las disposiciones de la Ley
Federal de Procedimiento Administrativo y, supletoriamente a
estas, por las del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 640/14-EPI-01-5.-
Resuelto por la Sala Especializada en Materia de Propiedad
Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Adminis-
trativa, el 4 de febrero de 2015, por unanimidad de votos.- Ma-
gistrado Instructor: Ramón Ignacio Cabrera León.- Secretaria:
Lic. Ruth Beatríz de la Torre Edmiston.
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VII-CASE-PI-20
PRINCIPIO DE CONGRUENCIA.- VIOLACIONES A LOS
DERECHOS HUMANOS QUE RESULTEN DE HECHOS
NOTORIOS.- El primer párrafo del artículo 50 de la Ley
Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo es-
tablece la facultad del Tribunal de invocar hechos notorios

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR