Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VII-P-1aS-1124

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VII-P-1aS-1124
SOBRESEIMIENTO. SE ACTUALIZA CUANDO EL CRÉ-
DITO IMPUGNADO, FUE CONDONADO DE ACUERDO
A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO SEXTO, DE LA
DISPOSICIÓN TRANSITORIA, DE LA LEY FEDERAL DE
DERECHOS VIGENTE EN 2014.- De lo dispuesto por el
artículo 9 fracción V, de la Ley Federal de Procedimiento
Contencioso Admin istrativo, se desprende que procede el
sobreseimiento en el juicio contencioso administrativo, cuando
el mismo quede sin materia. Luego, si en las Disposiciones
Transitorias de la Ley Federal de Derechos, publicadas en el
Diario O cial de la Federación el 11 de diciembre de 2013, se
prevé en su numeral Sexto, que: “Se condonan los créditos
scales generados hasta el ejercicio scal 2013 por concepto
del derecho por uso, explotación o aprovechamiento de aguas
nacionales, por los volúmenes concesionados a la Comisión
Federal de Electricidad que amparó el certi cado de aguas
salobres”. Es inconcuso, que si el crédito liquidado por la
Comisión Nacional del Agua, fue condonado de acuerdo a
la disposición transitoria, se actualiza la causal de sobresei-
miento en el juicio, al haber quedado este sin materia.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 32649/12-17-08-
4/1200/14-S1-01-04.- Resuelto por la Primera Sección del
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en se-

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