Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VI-TASR-XXXI-43

Páginas248-249
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
248
de mayo de 2009, por mayoría de votos.- Magistrado Instructor: José Luis Ochoa
Torres.- Secretaria: Lic. Mireya Guadalupe Quintero Sarabia.
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VI-TASR-XXXI-43
SOBRESEIMIENTO DEL JUICIO POR INEXISTENCIA DEL ACTO IM-
PUGNADO. LA MANIFESTACIÓN DE LA AUTORIDAD, SIN PRUEBA
ALGUNA QUE DEMUESTRE LO CONTRARIO ACTUALIZA LA HIPÓ-
TESIS LEGAL.- Se actualiza la causal de improcedencia prevista en la fracción XI
do de los autos del juicio se advierte que la parte actora, al promover su medio de
defensa señala que desconoce la liquidación de cuotas obrero patronales y le atribu-
ye su existencia al Instituto Mexicano del Seguro Social, sin exhibir prueba alguna
que demuestre la existencia o se presuma el acto definitivo susceptible de impugna-
ción y que al contestar la demanda de nulidad, la autoridad manifiesta que nunca
emitió tal acto, sin que resulte óbice que haya exhibido una propuesta de cédula, así
como el citatorio para la aplicación del procedimiento administrativo de ejecución,
toda vez que ninguno de los actos señalados revisten la calidad de acto definitivo
susceptible de impugnación, pues el primero no se considera un acto definitivo sus-
ceptible de impugnación, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 39 A de la
Ley del Seguro Social, al tener como única finalidad facilitar al contribuyente el cum-
plimiento de sus obligaciones fiscales, en tanto que el segundo, es un acto previo a la
notificación, que no nace a la vida jurídica hasta en tanto surta efectos la notificación,
de ahí que en términos de lo establecido en el segundo párrafo del artículo 14 de la
ser actos definitivos susceptibles de impugnación y que con ellos se demuestre su
existencia. En este tenor, la Juzgadora debe de sobreseer el juicio, en razón que de las
constancias de autos se aprecia que la autoridad demandada manifestó expresamente

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR