Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VII-P-1aS-760
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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
PRIMERA SECCIÓN
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VII-P-1aS-760
CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA. CASO EN EL QUE SE IMPUG-
NE MEDIANTE JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.- Si
impugnada para determinados efectos, con fundamento en el artículo 52
fracciones III y IV, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Ad-
ministrativo, la misma debe cumplimentarse en un plazo de cuatro meses
el particular favorecido con la sentencia en la que se haya declarado una
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ministrativo en contra del acto que dé cumplimiento a aquella, en lugar de
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09-S1-02-01-QC.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 18 de
Nora Elizabeth Urby Genel.- Secretaria: Lic. María Laura Camorlinga Sosa.
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