Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VII-P-2aS-51

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VII-P-2aS-51
INCIDENTE DE INCOMPETENCIA TERRITORIAL. QUEDA SIN
MATERIA CUANDO DESPUÉS DE SU INTERPOSICIÓN ANTE EL
PRESIDENTE DEL TRIBUNAL, EL JUICIO SE RESUELVE EN EL
PRINCIPAL POR LA SALA REGIONAL.- Lo anterior es así con
fundamento en los artículos 30 y 39 de la Ley Federal de Procedimiento
Contencioso Administrativo, 334 y 359 del Código Federal de Procedimientos
Civiles de aplicación supletoria, en primer lugar porque el incidente de
incompetencia territorial puede promoverse cuando una Sala está conociendo
de un juicio que sea competencia de otra, por lo que si aquélla lo resuelve ello
implica que ya conoció, y en segundo lugar, porque es hasta antes del cierre de
instrucción cuando es posible promover los incidentes, precisamente para que
la materia que los motiva no se extinga. Por otra parte, al haber dictado la
sentencia definitiva la Sala Regional agotó su jurisdicción, y al estar ceñida la
materia de un conflicto competencial a la determinación de quien deba conocer
de un asunto, para ello no puede examinarse, juzgarse o hacerse pronunciamiento
alguno en relación a la validez o nulidad de dicha sentencia, la cual, una vez que
se notifica produce efectos legales y, de quedar firme por falta de impugnación,
ello es indicativo de la conformidad de los destinatarios con el fallo, y en el
escenario de que se promueva juicio de amparo directo y/o recurso de revisión
fiscal, el acto será materia de examen en alzada, lo que no debe ser trastocado
alterando la situación jurídica imperante.
Incidente de Incompetencia Núm. 7865/10-11-02-2/431/11-S2-06-06.- Re-
suelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de
Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 22 de noviembre de 2011, por
unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrado Ponente: Alfredo Salgado Loyo.-
Secretario: Lic. Ernesto Christian Grandini Ochoa.
(Tesis aprobada en sesión de 29 de noviembre de 2011)

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