Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. V-P-1aS-435

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
V-P-1aS-435
RECURSO DE RECLAMACIÓN EN CONTRA DE UNA SENTENCIA
INTERLOCUTORIA.- CÓMPUTO DEL PLAZO PARA SU INTERPOSI-
CIÓN CUANDO LA SOLICITUD DE ACLARACIÓN PRESENTADA RES-
PECTO DE ELLA FUE DESECHADA.- El artículo 62 de la Ley Federal de
Procedimiento Contencioso Administrativo establece que el escrito que contenga el
recurso de reclamación en contra de las sentencias que concedan o nieguen la sus-
pensión definitiva deberá presentarse ante la Sala Regional que dictó la sentencia,
dentro de los cinco días siguientes a aquél en que surta sus efectos la notificación
respectiva. Sin embargo, si en el caso a estudio el demandante solicitó la aclaración
del fallo interlocutorio que se pretende recurrir y dicho medio (aclaración), se des-
echó por no constituir el instrumento idóneo para corregir las omisiones señaladas
por el actor, el plazo para la interposición del recurso de reclamación, en contra de la
sentencia que negó la suspensión definitiva de la ejecución, deberá computarse a
partir de la fecha en que se notificó el fallo materia del recurso en cita y no a partir de
la notificación del acuerdo que desechó la aclaración interpuesta, toda vez que dicho
desechamiento implica la improcedencia del “medio de defensa” interpuesto y por
ende impide el análisis ulterior de los argumentos expuestos para la aclaración preten-
dida. (11)
Recurso de Reclamación Núm. 498/07-14-01-6/682/07-S1-01-05.- Resuelto por la
Primera Sección de Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Adminis-
trativa, en sesión de 4 de septiembre de 2007, por unanimidad de 4 votos a favor.-
Magistrado Ponente: Luis Humberto Delgadillo Gutiérrez.- Secretaria: Lic. Magdale-
na Judith Muñoz Ledo Belmonte.
(Tesis aprobada en sesión de 4 de septiembre de 2007)

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