Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. V-P-1aS-440

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
V-P-1aS-440
RECURSO DE RECLAMACIÓN. QUEDA SIN MATERIA SI SE PIERDE
LA FINALIDAD DE LA SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINIS-
TRATIVO DE EJECUCIÓN, QUE CONSISTE EN CONSERVAR LA MA-
TERIA DEL JUICIO PRINCIPAL HASTA EN TANTO NO SE DICTE SEN-
TENCIA DEFINITIVA.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la
concedido o negado la suspensión del procedimiento administrativo de ejecución del
acto combatido, podrá ser modificada o revocada hasta en tanto no se dicte la sen-
tencia definitiva correspondiente; por lo tanto, si la Sala Regional que conoció del
juicio principal emite sentencia definitiva y la misma adquiere firmeza, procede consi-
derar que el recurso de reclamación interpuesto ha quedado sin materia, ya que con la
emisión de la sentencia queda insubsistente el acto impugnado y, por ende, no ten-
dría sentido que el órgano juzgador resolviera sobre la legalidad de la interlocutoria
recurrida, habida cuenta que la suspensión es una de las medidas cautelares que
proceden en el juicio contencioso administrativo y al ser estas incidentales, acceso-
rias y secundarias del juicio principal cuya única razón de ser es la de conservar la
materia del juicio principal es indudable que carece de objeto cuando la cuestión de
fondo ha sido resuelta. (10)
Recurso de Reclamación Núm. 19200/06-17-02-9/799/06-S1-02-05.- Resuelto por la
Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Admi-
nistrativa, en sesión de 28 de junio de 2007, por unanimidad de 4 votos a favor.-
Magistrada Ponente: María del Consuelo Villalobos Ortíz.- Secretaria: Lic. P. Alejan-
dra Pastrana Flores.
(Tesis aprobada en sesión de 11 de octubre de 2007)

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