Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VI-TASR-XXXVI-64

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
cia, en términos del artículo 14 de la misma Ley Orgánica citada, se apoyan, entre
otros, en Directores. En ese tenor, en el precepto 2º, fracción XXII, del Reglamento
Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, se contempla a la
Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, como
una dependencia que integra a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Natura-
les; Dirección General que tiene definida sus atribuciones en el dispositivo 30 del
reglamento en comento, y en cuyas fracciones I y XV, se le concede la facultad para
otorgar, prorrogar, revocar y declarar la extinción de los permisos y autorizaciones
sobre el uso, aprovechamiento y explotación de bienes nacionales como es la zona
federal marítimo terrestre. Consecuentemente, la Dirección General de Zona Federal
Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, tiene competencia, tanto material como
territorial, para emitir actos relacionados con la zona federal marítimo terrestre de la
Nación. Además, debe tenerse en cuenta que de acuerdo a la forma en que se integra
la Administración Pública Central, la aludida Dirección General cuenta con una com-
petencia material específica, y con la misma competencia territorial que le correspon-
de a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; esto es, en todo el
territorio nacional, al ser aquélla una unidad administrativa dependiente de esta última.
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Juicio Contencioso Administrativo Núm. 973/08-20-01-3.- Resuelto por la Sala Re-
gional del Caribe del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 13 de
julio de 2009, por unanimidad de votos.- Magistrada Instructora: Nora Yolanda Molina
Raygosa.- Secretario: Lic. Marcos Gutiérrez Martínez.
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VI-TASR-XXXVI-64
INCIDENTE DE SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL ACTO IMPUG-
NADO. LA NEGATIVA TÁCITA DE LA SOLICITUD PLANTEADA A LA

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