Ley de Estacionamientos Publicos para el Estado de Zacatecas

LEY DE ESTACIONAMIENTOS PÚBLICOS PARA EL ESTADO DE ZACATECAS

TEXTO ORIGINAL.

Ley publicada en el Suplemento del Periódico Oficial del Estado de Zacatecas, el sábado 26 de diciembre de 2015.

LIC. MIGUEL ALEJANDO (SIC) ALONSO REYES, Gobernador del Estado de Zacatecas, a sus habitantes hago saber:

Que los DIPUTADOS SECRETARIOS de la Honorable Sexagésima Primera Legislatura del Estado, se han servido dirigirme el siguiente.

DECRETO #501

LA HONORABLE SEXAGÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO, DECRETA

RESULTANDO PRIMERO...

Por lo anteriormente expuesto y fundado y con apoyo además en lo dispuesto en los artículos 140 y 141 del Reglamento General del Poder Legislativo, en nombre del Pueblo se

DECRETA

LEY DE ESTACIONAMIENTOS PÚBLICOS PARA EL ESTADO DE ZACATECAS

Artículo 1 La presente Ley es de orden público, interés social y observancia general en el Estado de Zacatecas; tiene por objeto:
  1. Regular las actividades relacionadas con la prestación del servicio de estacionamiento público de paga;

  2. Establecer las bases conforme a las cuales los Ayuntamientos ejercerán las atribuciones a que se refiere la presente Ley;

  3. Determinar las condiciones, requisitos y modalidades técnicas y operativas a las que se sujetará el establecimiento y funcionamiento de los estacionamientos públicos;

  4. Determinar, en su caso, las bases para la fijación, revisión y modificación de las tarifas por la prestación del servicio de estacionamiento y pensión de vehículos; y

  5. Establecer las medidas de seguridad, infracciones, sanciones y el recurso de inconformidad que se deriven de la aplicación de esta Ley.

Artículo 2 A falta de disposición expresa en esta Ley, se aplicarán, de manera supletoria, las reglas del contrato de depósito establecidas en el Código Civil del Estado de Zacatecas.
Artículo 3 Para efectos de esta Ley, se entiende por:
  1. Boleto: el documento que acredita el contrato de depósito que entrega el prestador de servicio al usuario contra la recepción de un vehículo o al ingresar al estacionamiento público de paga;

  2. Cajón de estacionamiento: el espacio debidamente dimensionado y señalado para la guarda de un vehículo;

  3. Estacionamiento público con acomodadores: la modalidad de los estacionamientos públicos de paga, en los que el personal autorizado del prestador de servicio recibe, acomoda y entrega los vehículos a los usuarios, quedando las llaves de dichos vehículos en resguardo del prestador de servicio;

  4. Estacionamiento público con servicio de pensión: la modalidad de los estacionamientos públicos de paga, en los que se ofrece asignar y mantener durante un tiempo determinado un cajón de estacionamiento disponible exclusivamente para un usuario;

  5. Estacionamiento público de autoservicio: la modalidad de los estacionamientos públicos de paga, en los que los...

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