De Ley que Crea el Fondo Nacional para el Desarrollo Pesquero: PROMAR., de 23 de Noviembre de 2004

Gaceta Parlamentaria, año VIII, número 1632-I, martes 23 de noviembre de 2004 Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 1632-I, martes 23 de noviembre de 2004. Iniciativas Que reforma el artículo 48 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Alberto Aguilar Iñárritu, del grupo parlamentario del PRI. Que adiciona un párrafo a los artículos 161 y 182 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales , en materia de partidos políticos, a cargo de la diputada María Antonia García Sanjinés, del grupo parlamentario del PAN. De decreto, para imponer al Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro el nombre de "Presidente Benito Juárez", en honor del licenciado Benito Juárez García, Presidente de México y Benemérito de las Américas, a cargo del diputado Jesús Martínez Álvarez, suscrita por diputados integrantes de la Comisión Especial para los Festejos del Bicentenario del Natalicio de Benito Juárez. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud , suscrita por diputados integrantes de diversos grupos parlamentarios. Que reforma los artículos 62 y 112 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Gonzalo Moreno Arévalo, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma los artículos 41 de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública y 225 del Código Penal Federal , en materia de procuración de justicia, a cargo del diputado Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez, del grupo parlamentario del PAN. De decreto, que establece las características de una moneda conmemorativa del bicentenario del natalicio del licenciado Benito Juárez García, a cargo del diputado Jesús Martínez Álvarez, suscrita por diputados integrantes de la Comisión Especial para los Festejos del Bicentenario del Natalicio de Benito Juárez. Que reforma el artículo 61 de la Ley Federal del Trabajo , a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma y adiciona los artículos 40 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 21 y 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de plazos para dictaminar, a cargo de la diputada Angélica Ramírez Luna, del grupo parlamentario del PAN. Que reforma el artículo 112 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Heliodoro Carlos Díaz Escárraga y Alejandro Ismael Murat Hinojosa, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma los artículos 25, 39, 40, 41 y 46 de la Ley de Coordinación Fiscal , para crear un fondo de asistencia social, a cargo del diputado Alfonso Moreno Morán, del grupo parlamentario del PAN. Que reforma diversos artículos de la Ley del Seguro Social , en materia de trabajadores eventuales del campo, a cargo de la diputada María Sara Rocha Medina, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma los artículos 6, 65 y 67 de la Ley General de Educación , en materia de contraprestaciones del servicio educativo, a cargo del diputado Guillermo Tamborrel Suárez, del grupo parlamentario del PAN. Que reforma el artículo 3 de la Ley Federal del Trabajo , para garantizar la igualdad y la no discriminación de las personas con capacidades diferentes en el ámbito laboral, a cargo de la diputada María Elena Orantes López, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma las fracciones I y III del artículo 120 de la Ley de Aguas Nacionales , relativo a las sanciones por infracciones, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco del grupo parlamentario del PRI. Que reforma el párrafo tercero del artículo 142 del Código Federal de Procedimientos Penales , a cargo del diputado Roberto Antonio Marrufo Torres, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma los párrafos primero y cuarto del artículo 55 del Código Penal Federal , a cargo del diputado César Amín González Orantes, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma y adiciona los artículos 1 y 2 de la Ley de Ciencia y Tecnología , a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley de Fiscalización Superior de Federación , con objeto de anticipar las fechas de entrega de la Cuenta de la Hacienda Pública federal y del Informe de Resultados de su revisión y fiscalización, así como eliminar el Informe de Avance de gestión financiera, a cargo del diputado Salvador Sánchez Vázquez, del grupo parlamentario del PRI. De Ley que Crea el Fondo Nacional para el Desarrollo Pesquero : PROMAR, a cargo del diputado Enrique Ariel Escalante Arceo, del grupo parlamentario del PRI.

Iniciativas

QUE REFORMA EL ARTICULO 48 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A CARGO DEL DIPUTADO JOSÉ ALBERTO AGUILAR IÑÁRRITU, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

Iniciativa

Con proyecto de decreto que reforma el artículo 48 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de los suscritos integrantes del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución federal y el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta H. Asamblea, la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 48 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

Las islas son tema que atañe tanto al Derecho Constitucional como al Derecho Internacional. Al primero, por tratarse de partes integrantes del territorio nacional, y al segundo, porque ha sido el Derecho de Gentes el que determinó tanto el régimen jurídico de las aguas que rodean a las islas, como el correspondiente a las plataformas insulares.

En efecto, todas las Constituciones que han tenido vigencia en México, desde la Constitución de 1824 hasta la vigente de 1917, han contemplado las islas como partes integrantes del territorio nacional.

Por otra parte, ha sido a través del Derecho Internacional que primeramente se estableció que cada isla contaría con su propio mar territorial, zona contigua y plataforma insular, como se señaló en la Convención sobre esas materias aprobadas en Ginebra en 1958 y, posteriormente, en la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, se aceptaría que, además de los espacios antes señalados, cada isla goza de una zona económica exclusiva, todo lo cual se incluiría en la Convención de 1982, que fue el fruto de largos años de trabajo de aquella conferencia. Estas normas internacionales, a su vez, fueron incorporadas a nuestra Ley Federal del Mar.

Precisamente la amplitud del espacio marítimo que queda comprendido en la zona económica exclusiva de México, de alrededor de 3 millones de kilómetros cuadrados, se hace posible no sólo por su extenso litoral, sino por la favorable ubicación de algunas de sus islas, tanto en el Golfo de México como en el Pacífico. El Arrecife Alacrán e Isla Arenas en el Golfo de México y las Revillagigedo y Guadalupe en el Pacífico, son responsables de unos 800 mil kilómetros cuadrados del total mencionado de zona económica dentro de la cual ejercemos derechos de soberanía para fines de exploración y explotación, conservación y administración de los recursos naturales, tanto vivos como no renovables. Y entre estos últimos debemos destacar la riqueza petrolera conocida -la que aún falta por descubrirse- especialmente en el Golfo de México.

Resulta, pues, indiscutible que para efectos de definición de límites marítimos, la ubicación favorable de algunas islas de México nos ha permitido aprovechar debidamente las normas del nuevo Derecho del Mar y la trascendencia económica que ello ha traído aparejada habrá de irse acentuando aún más en los años futuros.

Sin embargo, si se hace un examen de nuestras islas, tendríamos que llegar a la conclusión de que, salvo muy limitadas excepciones, ellas se encuentran tan desoladas como en el momento en que fueron descubiertas. Es más, un inventario preciso de las islas de México y su ubicación exacta, es tarea que aún está pendiente, pues si uno revisa los catálogos elaborados por diversas dependencias en los últimos años, vemos que no hay concordancia alguna entre ellos.

No obstante lo anterior, conviene hacer referencia a una publicación reciente. En efecto, en el Diario Oficial de la Federación del 17 de abril de 2001 , la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales dio a conocer el Programa de Manejo del Área de Protección de Flora y Fauna en Islas del Golfo de California. Pues bien, en dicho documento se señala de manera expresa lo siguiente: "En el Golfo de California existen alrededor de 900 islas, reconocidas mundialmente por su belleza, riqueza biológica y productividad de las aguas que las rodean." Unos renglones más abajo señala que el Área Natural Protegida incluye 898 islas, a lo que se agrega que éstas representan aproximadamente el 50% del territorio insular de México, lo que nos permite concluir que, nuestro país cuenta con un total de alrededor de 1800 islas. Y pese al enorme recurso que significa nuestro territorio insular, para nadie es un secreto que la enorme mayoría de nuestras islas se encuentran en un estado de abandono.

Es obvio que entre todas las islas de nuestro país, con variedad de superficies, de climas y de vegetación, hay muchas que se podrían incorporar al desarrollo nacional, o sea que algunas bien pueden aprovecharse con fines turísticos, otras para viviendas de uso vacacional y aún otras en la explotación de recursos naturales.

Parecería ya inaplazable iniciar un esfuerzo decidido que nos lleve al aprovechamiento adecuado de nuestras islas...

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