Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VII-P-SS-124

Páginas23-30
23
REVISTADEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL YADMINISTRATIVA
PLENO
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VII-P-SS-124
CONTRADICCIÓN DE SENTENCIAS. PROCEDE AUN CUANDO
LAS SENTENCIAS CONTRADICTORIAS PROVENGAN DE ÓR-
GANOS DE DIFERENTE JERARQUÍA.- De la interpretación armónica
de los artículos 75, 76 y 77 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso
Administrativo, se desprende que la oposición de criterios puede confi gurarse
respecto a los fallos emitidos entre: 1) El Pleno y las Secciones de la Sala
Superior, 2) Las Secciones de la Sala Superior, 3) Las Salas Regionales,
4) Los Magistrados en vía sumaria, 5) Las Salas Regionales y los Magis-
trados en vía sumaría, y 6) El Pleno o las Secciones de la Sala Superior y
Salas Regionales o Magistrados en vía sumaria. Así, la procedencia de la
contradicción de sentencias, en el último supuesto apuntado, se infi ere de
la obligación que tienen las Salas Regionales y los Magistrados, en la vía
sumaria, de expresar las razones por las cuales se apartan de los precedentes
establecidos por el Pleno o las Secciones, enviando copia de la sentencia
correspondiente al Presidente del Tribunal, ya que ello tiene como nali-
dad que se haga del conocimiento del Pleno de esta Sala Superior para que
decida qué criterio debe prevalecer con el carácter de jurisprudencia, a fi n
de unifi car en lo posible los criterios adoptados por este Tribunal al dictar
sus sentencias.
Contradicción de Sentencias Núm. 1636/09-12-01-3/1764/10-S1-02-04/
YOTRO/1560/12-PL-07-01.- Resuelta por el Pleno de Sala Superior del
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 22 de
mayo de 2013, por mayoría de 8 votos a favor y 2 votos en contra.- Ma-
gistrada Ponente: Magda Zulema Mosri Gutiérrez.- Secretario: Lic. Juan
Carlos Perea Rodríguez.
(Tesis aprobada en sesión de 10 de julio de 2013)
Contenido
Índices

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR