Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VI-TASR-EPI-12

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
distintividad, es presumible advertir que dicha denominación es susceptible de regis-
trarse, en virtud que tiene elementos que desde su aspecto visual, fonético y concep-
tual, en su conjunto, la hacen destacar en el mercado, y en todo caso, sólo la hacen
evocativa de su origen o procedencia. (31)
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1052/08-EPI-01-4.- Resuelto por la Sala
Regional en Materia de Propiedad Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa, el 19 de febrero de 2009, por mayoría de 2 votos a favor y 1 voto
con los puntos resolutivos.- Magistrada Instructora: Luz María Anaya Domínguez.-
Secretaria: Lic. Denisse Juárez Herrera.
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VI-TASR-EPI-12
REGISTRO MARCARIO.- ES OBLIGATORIO PARA EL TRIBUNAL ANA-
LIZAR EL DERECHO SUBJETIVO RELATIVO, AUN EN EL SUPUESTO
QUE SE HAYA ACREDITADO LA ILEGALIDAD DEL ACTO.- De lo previsto
se desprende la obligación de este Tribunal, de resolver la auténtica pretensión del
demandante, en relación con una resolución impugnada, siendo que también dispone
que en las sentencias que impliquen la restitución de un derecho violado, el Tribunal
previamente deberá constatar el derecho que le asiste al particular, lo que se entiende
debe hacerse de conformidad con las normas aplicables al caso. De conformidad
con lo anterior, es evidente que la obligación procesal de este órgano jurisdiccional,
en los casos en donde se controviertan registros marcarios, no solamente se constri-
ñe a determinar la ilegalidad del acto, lo que implicaría el ejercicio de las facultades de
simple anulación, sino además debe resolver sobre la verdadera pretensión del
accionante, que en la especie generalmente se asocia al reconocimiento del derecho
subjetivo consistente en la concesión del registro marcario, lo que implica el ejercicio
de facultades de plena jurisdicción; por lo que en aras de garantizar una debida

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