Ley antimonopolios: la secuela

AutorAlejandro Faya Rodríguez

El 24 de octubre de 2010 tuve la oportunidad de opinar en este espacio sobre el contenido de la minuta enviada por la Cámara de Diputados al Senado a propósito de las reformas a la Ley Federal de Competencia Económica (Enfoque 862). Mi conclusión fue que, si bien la propuesta caminaba en la dirección correcta, había temas y oportunidades de mejora que debían atenderse. Por ello señalé lo bueno, lo malo, lo dudoso y lo que faltaba.

Lo ideal era desde luego que el proyecto de reforma se viera fortalecido y mejorado. ¿Qué sucedió? Todo lo contrario: aunque hubo una mezcla de avances y retrocesos, al final se regresó una minuta mocha, desprovista de sustancia y se complicó sobremanera el proceso legislativo.

La minuta fue dictaminada y avalada en comisiones (el "dictamen") y, posteriormente, votada por el Pleno de la Cámara alta en dos ocasiones. Primero, el dictamen fue aprobado en lo general en una cerrada votación que tuvo 55 votos a favor y 53 en contra, manteniéndose en reserva los artículos más importantes. Pero dos días después se dio vuelta a la tortilla: por 62 votos contra 52, el Pleno votó nuevamente el dictamen para efectos de regresar la minuta a la Cámara de Diputados únicamente con lo que había sido aprobado en lo general previamente. En otras palabras, se regresó una minuta mocha, hay que decirlo, con lo más trivial de la reforma. Lo sucedido fue digno de Kafka y probablemente sea inédito en la historia parlamentaria mexicana moderna.

Lo que era bueno y se hizo malo

Señalé que el mayor mérito de la minuta enviada por los diputados era el fortalecimiento de la Comisión Federal de Competencia (CFC) mediante un ajuste a sus potestades de sanción, investigación y control en la esfera administrativa. No obstante, mientras que la minuta establecía la facultad de la CFC para ordenar visitas de verificación sorpresa y medidas cautelares, el dictamen neutralizó el alcance de la primera figura y desapareció la segunda. Había que hacer justamente lo opuesto: fortalecer las figuras para que su aplicación efectiva fuese una realidad.

En particular, la minuta establecía la posibilidad de practicar la visita respecto de cualquier tipo de documento o información que pudiera contener evidencia sobre la realización de prácticas ilegales; por su parte, el dictamen establecía que las visitas sólo se realizarían respecto de datos y documentos que la CFC hubiera requerido anteriormente en el curso de una investigación. O sea, quedaríamos en la misma...

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