Ley Aduanera. VII-CASR-2OC-20

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
Recurso de Reclamación Núm. 7506/12-07-02-1.- Resuelto
por la Segunda Sala Regional de Occidente del Tribunal
Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 6 de agosto
de 2013, por unanimidad de votos.- Magistrado Instructor:
Alfredo Ureña Heredia.- Secretario: Lic. David Fernando
Castillón Dueñas.
LEY ADUANERA
VII-CASR-2OC-20
EXCLUYENTE DE RESPONSABILIDAD COMO AGENTE
ADUANAL TRATÁNDOSE DE PRECIOS DE TRANSAC-
CIÓN. EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL AR-
TÍCULO 54, FRACCIÓN I, DE LA LEY ADUANERA, SE
ACTUALIZA SI ESTE DESCONOCE LA INEXACTITUD O
POSIBLE FALSEDAD AL EXAMINAR LAS MERCANCÍAS,
EN RELACIÓN CON LA INFORMACIÓN PROPORCIONA-
DA POR EL IMPORTADOR. (LEGISLACIÓN VIGENTE EN
EL 2012).- Los artículos 53, fracción II y 54, fracciones I y II,
inciso a), de la Ley Aduanera, establecen que los agentes
aduanales y sus mandatarios autorizados, son responsables
solidarios del pago de los impuestos al comercio exterior y
de las demás contribuciones, así como de las cuotas com-
pensatorias que se causen con motivo de la introducción de
mercancías al territorio nacional o de su extracción, salvo
por el incumplimiento de regulaciones y restricciones no
arancelarias, si estos provienen de la inexactitud o falsedad
de los datos y documentos que el contribuyente le hubiera
proporcionado, siempre que este último no hubiera podido

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