Ley Aduanera. V-P-2aS-788

Páginas293-293
293
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
V-P-2aS-788
AGENTE ADUANAL.- ALCANCE DE SU RESPONSABILIDAD SOLIDA-
RIA.- El artículo 53 de la Ley Aduanera dispone, que el agente aduanal es responsa-
ble solidario del pago de los impuestos al comercio exterior, de otras contribuciones
y de las cuotas compensatorias que se causen con motivo de las importaciones o
exportaciones “(...) en cuyo despacho aduanero intervengan personalmente o por
conducto de sus empleados autorizados (...)” por lo que, la recta interpretación del
mencionado precepto señala que la responsabilidad se origina por el hecho mismo de
haber asumido, voluntariamente, intervenir personalmente o por conducto de sus
empleados autorizados, en el despacho de la mercancía, régimen aduanero y vía
elegida, manteniéndose en el tiempo, por el periodo en que las autoridades aduaneras
están en posibilidad legal de ejercer sus facultades de determinación de contribucio-
nes y demás créditos fiscales y para sancionar el incumplimiento a la ley, por lo que
resulta incorrecto entender que esa responsabilidad solidaria, esté limitada en el tiem-
po, a la duración del despacho aduanero, pues basta con el hecho de que el agente
aduanal intervenga en las etapas del citado procedimiento administrativo, en particu-
lar, al momento del examen de la mercancía para proponer su clasificación arancela-
ria y valoración en la aduana, de la determinación del monto, de los créditos fiscales
aludidos, en el pedimento respectivo, para que surta la hipótesis legal de la responsa-
bilidad solidaria a su cargo. (24)
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 6804/05-17-08-1/ac1/581/07-S2-09-03.- Re-
suelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia
Fiscal y Administrativa, en sesión de 25 de septiembre de 2007, por unanimidad de 5
votos a favor.- Magistrado Ponente: Luis Carballo Balvanera.- Secretaria: Lic. Mónica
Guadalupe Osornio Salazar.
(Tesis aprobada en sesión de 25 de septiembre de 2007)

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR