Ley Aduanera. VI-TASR-XXXII-3

Páginas500-501
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
500
SEGUNDA SALA REGIONAL DEL NORTE-CENTRO II
LEY ADUANERA
VI-TASR-XXXII-3
MERCANCÍA IMPORTADA POR UNA EMPRESA “PITEX”.- Resulta irrele-
vante para efectos de determinar el pago de impuestos al comercio exterior, que la
mercancía se haya clasificado arancelariamente en forma correcta o no, si ha sido
corroborado que la contribuyente hoy demandante se ajustó cabalmente a los térmi-
nos y condiciones establecidos en la Autorización del Programa de Importación
Temporal PITEX que le fuera concedida por la Secretaría de Comercio y Fomento
Industrial (ahora Secretaría de Economía), al haber exhibido y acreditado que la
mercancía importada temporalmente fue retornada al extranjero, liberándose de esa
forma del pago de los impuestos al comercio exterior ni las cuotas compensatorias,
tal y como lo establecen los artículos 104 y 108 de la Ley Aduanera, ya que el
primero de los preceptos legales invocados dispone que las importaciones tempora-
les de mercancías de procedencia extranjera no pagarán los impuestos al comercio
exterior ni las cuotas compensatorias, siempre y cuando se acate con lo establecido
por el segundo de los dispositivos aludidos, en el sentido que las maquiladoras y las
empresas con programas de exportación autorizados por la Secretaría de Comercio
y Fomento Industrial, pueden efectuar la importación temporal de mercancías para
retornar al extranjero después de haberse destinado a un proceso de elaboración,
transformación o reparación, así como las mercancías para retornar en el mismo
estado, en los términos del programa autorizado, siempre que tributen de acuerdo
con lo dispuesto en el Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta y cumplan con
los requisitos de control que establezca la secretaría mediante reglas. (30)
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 5464/06-05-02-7.- Resuelto por la Segunda
Sala Regional del Norte-Centro II del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Adminis-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR