La lengua de los Derechos

AutorÁngel Caballero
CargoProfesor del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, Campus Ciudad de México
Páginas67-69

GARCÍA DE ENTERRÍA, Eduardo, La Lengua de los Derechos. La formación del derecho público europeo tras la revolución francesa, Madrid, Alianza, 1999, 226 pp.

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Seguramente no habrá lector alguno que no quede plenamente satisfecho y extasiado después de haber leído “La Lengua de los Derechos. La formación del derecho público europeo tras la revolución francesa” de Don Eduardo García de Enterría, hombre de una amplísima cultura jurídica, profesor de la Universidad Complutense de Madrid y miembro de la Real Academia Española; obra de la cual ahora nos disponemos trazar algunas líneas que sirvan de reflexión, pero sobre todo, de invitación a su lectura.

La lengua de los Derechos, que como el propio autor señala, constituye básicamente su Discurso de Ingreso a la Real Academia Española, se presenta ahora en forma de libro con cuatro capítulos y un epílogo, muy bien estructurados y logrados todos. Este texto, cuya importancia puede apreciarse desde las primeras líneas en virtud que aborda quizá uno de los fenómenos jurídico-políticos troncales en el desarrollo del derecho, como lo es el tránsito “del gobierno de los hombres al gobierno de las leyes”. Desde luego, en nuestra opinión, todas y cada una de las reflexiones vertidas en el texto reseñado, que más adelante destacaremos, son igualmente aplicables a la historia de nuestro derecho público mexicano, pues es evidente que la influencia sobre el “derecho de los derechos” ha tenido especial desarrollo, sobre todo en éstas ultimas décadas.

En el primer capítulo del texto en comento, García de Enterría resalta la importancia que el fenómeno de la Revolución Francesa, como un fenómeno de corte universal tuvo en la construcción del discurso jurídico sobre los derechos. Porque como bien señala el autor, no sólo se procuraba el cambio de un régimen político por otro, sino “se pretendía, nada más y nada menos, rectificar la historia entera de la humanidad, fundar un orden político y social completamente nuevo, capaz de establecer una nueva etapa de la trágica evolución humana y de asegurar para el futuro una felicidad segura e inmarchitable” (p. 20).

Es cierto, que sobre la Revolución Francesa se ha escrito bastante, también lo es que son igualmente bastantes las interpretaciones que se han vertido sobre la misma; sin embargo, tendríamos que reconocer que su manto novedoso sirvió de cobijo para que muchos campos del saber encontraran el cauce que al Estado moderno conducía. Y es verdad, como el...

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