Legitimidad democrática

AutorBruce Ackerman
Páginas25-74
I. LEGITIMIDAD DEMOCRÁTICA
M
I ARGUMENTACIÓN
se desarrolla en tres partes. La primera
intenta una exposición crítica de las numerosas desventajas
de los sistemas presidencialistas. En aras de la facilidad de
la exposición, comienzo con el clásico rival del presiden-
cialismo que encontramos en el sistema de Westminster;
sin embargo, inmediatamente amplío el análisis al compa-
rar los estilos estadunidense y francés de presidencialismo
con los estilos de parlamentarismo inglés y alemán. Al final
del balance espero que las desventajas del presidencialismo
parezcan lo bastante obvias para motivar una permanente
búsqueda de opciones.
La argumentación adopta entonces un plan de acción
más constructivo. A pesar de sus numerosas desventajas
institucionales, los sistemas de división de poderes pueden
expresar una visión distintiva y valiosa de la vida democrá-
tica, una visión que yo he descrito en otras partes como el
ideal de la democracia dualista.1La segunda parte de mi
exposición considera si este ideal podría también encontrar
lugar dentro del marco del gobierno parlamentario. Esta
indagación me lleva a expandir el modelo del parlamenta-
rismo acotado y a abrazar una nueva división de poderes
diseñada para la expresión de ideas dualistas.
La tercera parte profundiza el análisis de la legitimidad
democrática al concentrarse en el problema del federalis-
mo. ¿Existen buenas razones por las cuales el federalismo
haya conducido tan a menudo a una solución de cámara y
media, en la cual un senado federal está subordinado a una
cámara nacional de diputados? ¿Por qué no construir un
sistema, como el de Australia y Suiza, en el cual el senado
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federal es el igual de la cámara nacional? ¿Cómo complica
el federalismo los argumentos a favor y en contra del presi-
dencialismo?
Termino con algunas observaciones sobre la condición
de bicameralismo en estados que rechazan el federalismo a
favor de nociones más nacionalistas.
1. C
ONTRA EL PRESIDENCIALISMO
Propongo evitar las disquisiciones filosóficas que rodean
la palabra “democracia” haciendo una pregunta sencilla:
¿cuántas elecciones debería ganar un movimiento político
para obtener autoridad legislativa?
La respuesta que da la doctrina pura de poderes no divi-
didos está bien representada en el sistema británico clásico
de la democracia Westminster. Este sistema sostiene que un
movimiento político necesita ganar únicamente una elec-
ción para conseguir autoridad plena.
En esta elección, sin embargo, cada votante puede ejer-
cer un solo voto; no es posible votar, por ejemplo, por un
diputado laborista ni por un primer ministro conservador.
La única forma en que un votante puede asegurar la elección
del primer ministro de su partido es votando por el candi-
dato a diputado que su partido ofrece. Este punto funda-
mental enlaza el destino de cada diputado al liderazgo de su
partido en formas desconocidas para los sistemas con di-
visión de poderes. Si el liderazgo del partido es impopular
entre el pueblo, es difícil que los diputados individuales es-
capen a la respuesta electoral debido a que la única manera
en que los votantes pueden expresar su descontento es vo-
tando en contra de su diputado local. En casos extremos, el
descontento popular puede instigar a los diputados nuevos
a rebelarse en contra del liderazgo de su propio partido;
pero por lo común la autoconservación individual lleva a la
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mayoría de los diputados a respaldar el liderazgo del par-
tido contra viento y marea, con lo cual maximizan las opor-
tunidades que tiene el gabinete de impresionar a los votantes
con la sabiduría de su enfoque político. Dados los pode-
rosos incentivos electorales para respaldar al gobierno en
curso, el modelo Westminster no sólo está comprometido
constitucionalmente a gobernar a través de la última mayo-
ría en un sentido legal estricto; el modelo proporciona tam-
bién los medios políticos para traducir este compromiso
constitucional a los términos de la vida cotidiana.
Otra característica clave de este modelo es la facultad del
primer ministro para determinar el momento de la siguiente
elección (con el único límite de hacerlo dentro de un periodo
de cinco años).2Esto significa que el primer ministro puede
ejecutar tempranamente muchas decisiones impopulares si
piensa que éstas le retribuirán un futuro respaldo político,
sin poner en riesgo la respuesta electoral mientras tanto.3
La mayoría no sólo gobierna sino que también tiene la justa
oportunidad de poner en acción su programa de trabajo
antes de regresar al pueblo para el juicio colectivo.
La respuesta de la división de poderes
Hay mucho más que decir, pero este sencillo modelo nos
permite ubicar algunos temas centrales que la “división de
poderes” plantea. Considerada como una doctrina de legi-
timidad política, los partidarios de la división de poderes
están unidos en torno a una sola propuesta normativa cla-
ve. Niegan que una sola victoria electoral sea suficiente para
conferir autoridad legislativa plena al movimiento político
victorioso. Esta propuesta produce una de las caracterís-
ticas más distintivas de la división de poderes: el hecho de
que los diferentes poderes legislativos a menudo operan
sobre un calendario electoral escalonado. Incluso si el par-
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