LEGÍTIMA DEFENSA / Evite riesgos; gestione la baja de su carro

AutorAlfonso Verde Cuenca
  1. - Lic. Verde Cuenca: vendí una camioneta en el 2006. Tengo la carta de compra-venta notariada que me firmó el comprador.

    El problema es que él falleció y me llaman de Control Vehicular para cobrarme 12 mil pesos de adeudo, pues la camioneta sigue a mi nombre.

    Un hermano del comprador estuvo presente en la compra-venta. ¿Quiero saber si los documentos que tengo en algún momento dado pueden respaldarme de un embargo?

    Jorge

    R. Jorge, su situación es muy tradicional y se ha vuelto toda una práctica común en donde tanto el endedor como el comprador recurren a ello pensando que les trae un ahorro económico, y no piensan que el que no se hagan las cosas como debe ser, los pone en situación de graves riesgos, no sólo de índole económico, sino también de seguridad.

    Usted vendió una camioneta, y al dejar de ser el dueño, su obligación legal era el dar de baja las placas en el Instituto de Control Vehicular, para que el vehículo no siguiera apareciendo como de su propiedad, es decir, dejar de aparecer como dueño del vehículo.

    Sólo se limitó a que el comprador le firmara un documento de los llamados ordinariamente como "carta responsiva", en la cual, con toda seguridad, se manifiesta que se está traspasando la propiedad del vehículo a favor del comprador y que a partir de esa fecha, éste se hace responsable del uso que se le otorgue al vehículo en mención, y por ende, se responsabilizará de todo lo que pudiera presentarse en relación con el mismo; pero esto es un documento que surte efectos entre el comprador y el vendedor del vehículo, pero nunca para el Instituto de Control Vehicular, porque sus placas siguen a su nombre.

    Si bien es cierto que tuvo la precaución de "notariar" dicho documento, el efecto de ello es sólo que el comprador no podrá desconocer su firma en dicha carta, pero no tiene ningún otro efecto legal.

    En el Padrón Vehicular, el vehículo sigue dado de alta a su nombre y como no se han cubierto los adeudos derivados de tenencias, placas, multas, le están requiriendo la suma adeudada a quien aparece como dueño, pues le repito, usted sigue apareciendo ante la autoridad como responsable del vehículo, y la carta, aún notariada, no lo libera de esa responsabilidad, por lo que el crédito fiscal a su cargo le puede ser cobrado, y usted responderá con sus bienes, entre ellos, el carro motivo del adeudo fiscal.

    Busque a la familia de la persona a quien le vendió su carro, y pídales que pongan en orden las placas, o en su caso, que le informen...

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